En estos días los compañeros del Cuerpo de Auxilio que accedieron por la convocatoria del año 2010, y que sacaron la plaza con posterioridad al 1 de enero del 2011, están recibiendo una comunicación del Centro de Estudios Jurídicos –CEJ- en las que se les informa de un error de encuadramiento en el Régimen General de la Seguridad Social, y la subsanación de dicho error.
Como sabéis, a partir del 1 de enero del 2011 todos aquellos compañeros que entran como titulares, se les encuadran en el Régimen General de la Seguridad Social (rgss), a los únicos efectos de la jubilación, puesto que para todas las demás prestaciones del sistema de la Seguridad Social (por ejemplo la asistencia sanitaria o la prestación por baja médica) están en la Mutualidad General Judicial.
En el momento de realizar las prácticas en el CEJ y en los órganos judiciales, como funcionarios en prácticas, el CEJ cometió un error, encuadrando a esos compañeros no en el RGSS, como debía, sino en clases pasivas (el régimen de la jubilación de los que han accedido a Justicia con anterioridad al 1 de enero del 2011), como venía siendo hasta entonces. Una vez que finalizaron las prácticas y tomaron posesión como funcionarios titulares, el Ministerio sí les encuadró correctamente en el RGSS.
Recuerden que el Ministerio y el CEJ son dos organismos distintos, aunque el CEJ dependa del Ministerio y parezca que es lo mismo, no lo es a efectos de abono de nómina, servicios prestados, etc.
En aquel momento ya advertimos al Ministerio y al CEJ deL error cometido, y tras el paso del tiempo el CEJ ha venido a subsanar dicho error.
Por lo tanto, aquel error de encuadre y las consiguientes cotizaciones sociales durante el periodo de prácticas, ya está subsanado y debe aparecer en la vida laboral del funcionario, que expide la Seguridad Social.