
Serán objeto de subvención: Los gastos de organización y funcionamiento de las asociaciones judiciales, la realización por las asociaciones judiciales de actividades de interés para la justicia y la vida asociativa, la efectiva implantación de las asociaciones judiciales en la carrera judicial, los resultados de las últimas elecciones a Salas de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia.
Las subvenciones se financiarán con cargo al capítulo IV, concepto 483, del programa 111M del Presupuesto de gastos del Consejo General del Poder Judicial para el 2020 (presupuesto prorrogado 2018), por un importe máximo de 426.100 euros.