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viernes, 15 de mayo de 2015

Registro Civil: derogación privatización y ampliación vacatio legis

Se confirma definitivamente la presentación de las enmiendas, en las que se establece la derogación de la ley 18 y RD 8/2014 en todo lo relativo al traspaso a los Registradores poniendo fin a este despropósito de privatización.
Reiterar que el plazo conseguido para la vacatio legis que pretende introducir el Ejecutivo a la Ley del Registro Civil será de 2 años. Por lo tanto, hasta finales de junio del 2017, al menos, seguiremos manteniendo el Registro Civil dentro de la Administración de Justicia y servido por funcionarios de justicia.
Esta información confirma las anteriores facilitadas por STAJ, tras las conversaciones y reuniones mantenidas por STAJ con el Partido Popular, PSOE, y Ministerio entre otros, tras la propuesta de enmienda presentada por STAJ directamente en la Cortes.
Hemos reiterado la postura que ya planteamos en la primera ley de 2011 que desjudicializaba los Registros Civiles, y a la que STAJ se opuso desde su inicio, apostando por un Registro Civil público, gratuito y servido por funcionarios de justicia.
Tras las manifestaciones realizadas por el Ministro de Justicia a los sindicatos “garantizando que se pone fin al traspaso del R.C a los Registradores, STAJ exigió que en un plazo corto, se nos diera traslado de las enmiendas que presentarían en las Cortes.
Desde STAJ mantenemos que los Registros Civiles sean servidos por funcionarios de Justicia, siendo este colectivo el único con capacidad para sacar adelante los Registros Civiles a pesar de la falta de medios, lo que ha quedado demostrado con el trabajo realizado en estos años. Con ello su profesionalidad y conocimientos han quedado patentes.
Apostamos por la modernización y tanto STAJ como los funcionarios estamos exigiendo medios adecuados y avances informáticos.
Con la lucha de tantos colectivos, sindicatos y en especial de los funcionarios, SE HA PUESTO FIN A LA PRIVATIZACION DEL REGISTRO CIVIL.
Seguimos luchando por su mantenimiento en la Administración de Justicia.

miércoles, 24 de septiembre de 2014

Gallardón presenta su dimisión y deja la política

En la tarde de este martes día 23 de septiembre Alberto Ruiz Gallardón ha anunciado en rueda de prensa su dimisión como Ministro de Justicia, motivada por no haber contado con el apoyo del Gobierno en la aprobación de su controvertido proyecto de ley del aborto. Al frente del Ministerio le sustituirá Rafael Catalá Polo, hasta ahora Secretario de Estado de Planificación e Infraestructuras del Ministerio de Fomento. El nuevo Ministro ya tuvo responsabilidades en el Ministerio de Justicia, pues fue Secretario de Estado de Justicia con el Ministro Michavilla, entre 2002 y 2004, periodo en el que se produjo la reforma de la LOPJ que modificó nuestro estatuto jurídico e introdujo la denominada “nueva oficina judicial”.

Desde STAJ no podemos decir que nos apene la renuncia de Gallardón, pues no han sido pocas las veces que hemos pedido su dimisión. Le deseamos lo mejor en su vida personal, pero desde luego al frente del Ministerio no ha hecho sino tomar decisiones polémicas una tras otra y muchas de ellas, a nuestro juicio, gravemente perjudiciales para el servicio público de la Administración de Justicia.

Es el caso, por ejemplo, de la modificación del CGPJ, que introduce cualquier cosa menos independencia en el órgano de gobierno del Poder Judicial. O el caso de la Ley de Tasas, que impide el acceso igualitario a la justicia de aquellos que menos recursos tienen, y que STAJ ha combatido fuertemente, habiendo impulsado junto a plataformas profesionales y ciudadanas el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Grupo socialista en el Congreso, además de haber forzado una modificación que suavizó, aunque de forma insuficiente, las previsiones de la Ley.

También perjudica al servicio público la reciente “privatización” del Registro Civil, medida que ya está aprobada no sólo por el propio Ministro, sino también por el Gobierno y el Parlamento, por lo que no puede decirse que sea algo exclusivo de Gallardón sino, más bien, de todo el partido popular. Por otra parte, y en honor a la verdad, hay que decir que Gallardón sólo es responsable de la “privatización”, pero no de la desjudicialización, pues ésta fue promulgada en una ley aprobada por el PSOE cuando en el 2011 estaba en el Gobierno, desjudicialización que preveía ya de forma indirecta la desaparición de los cientos de puestos de trabajo vinculados al Registro Civil. Ahora, al menos, el Ministro se había comprometido a mantener esos puestos en su ámbito, y las presiones de STAJ iban por buen camino en el sentido de garantizarse también los puestos en las Comunidades Autónomas con competencias. Y si no se logra esa garantía, STAJ apuesta por la huelga y en este sentido está consultando a todos los funcionarios afectados.

Hay otros proyectos de Gallardón que quedan en el aire, y que son más o menos polémicos. La reforma del Código Penal está en trámite parlamentario, pero la nueva Ley de enjuiciamiento criminal difícilmente verá la luz, ni siquiera ha sido aprobada aún por el gobierno. También están en trámite parlamentario la Ley del Estatuto de la víctima, la nueva Ley de jurisdicción voluntaria, y la nueva Ley de justicia gratuita. Estas dos últimas tampoco están exentas de polémica, la primera por lo que tiene de cierta privatización de algunos asuntos de jurisdicción voluntaria, y la segunda porque no gusta nada a los abogados. En cualquier caso, son leyes que ya no están en el Ministerio, sino en el Parlamento.

Sin duda, junto con la desjudicialización del Registro Civil, la reforma que más nos afectará a los funcionarios de justicia es la de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en el caso de que siga adelante su tramitación. El Anteproyecto de esta Ley habría supuesto, de aprobarse sin modificaciones, el mayor retroceso de derechos que hubiéramos tenido nunca los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, además de suponer una profunda transformación de la organización judicial en España. Ese anteproyecto no sólo ha contado con el rechazo de los funcionarios y especialmente de STAJ, sino también de prácticamente todos los colectivos vinculados a la justicia, desde jueces a abogados, sin olvidar a representantes de otros sectores de la Administración. De ahí que el texto esté sufriendo una modificación tan grande que se parecerá poco al Anteproyecto originario.

Por lo que respecta a nuestro estatuto jurídico, el preacuerdo alcanzado en julio por STAJ y otros sindicatos con el Ministerio, fruto de las negociaciones y presiones que hemos ejercido desde que se dio a conocer el anteproyecto, va a mantenerse prácticamente en los mismos términos en que actualmente está diseñado en la LOPJ vigente, incluso con algunas mejoras, aunque desde luego no está todo lo que quisiéramos. Gracias al preacuerdo, se mantendrá el carácter municipal y no provincial de los centros de destino, se impedirá la movilidad geográfica ordinaria forzosa y se potenciará la promoción interna, entre otras cosas. Y además, se mantendrán los partidos judiciales y los juzgados -oficina judiciales- de paz, sin que se pierdan, en definitiva, los puestos de trabajo afectados.

En estos momentos no podemos saber si la nueva LOPJ verá la luz, ni siquiera si será llevada al Consejo de Ministros. Pero si se lleva, desde luego tendrá que ser recogiendo en su texto todas las garantías descritas en el preacuerdo. Por otra parte, no debe olvidarse que el preacuerdo contiene el compromiso de desarrollo reglamentario, lo que puede suponer la mejora de la regulación de algunas cuestiones que a nuestro juicio son manifiestamente mejorables, como sucede con la regulación de las sustituciones o las comisiones de servicio, o el régimen disciplinario.

Si finalmente la nueva LOPJ no ve la luz, mejor para todos, pues desde STAJ siempre hemos defendido que la solución de la Justicia no está en modificar una y otra vez la Ley, sino en invertir en medios humanos y materiales. Pero que nadie olvide que la LOPJ vigente, pactada en 2003, ya establece una profunda modificación de la estructura y organización de la Oficina Judicial, que ya está siendo implantada en muchas ciudades y que está ya proyectada para otras muchas.

STAJ luchará, como siempre, sin demagogias, sin hacer política y sin pedir cosas imposibles. La paralización de la reforma de la LOPJ dejaría las cosas como están en la Ley actual. Pero no debemos obviar que hay cuestiones que aun sin nueva LOPJ deben ser acometidas con urgencia, por ejemplo, la situación en que quedarán los Juzgados de Paz cuando se materialice la desjudicialización definitiva a partir de 2015, con privatización o no, del Registro Civil, vaciando a dichos juzgados de una de sus principales funciones, poniendo en riesgo la continuidad de los puestos de trabajo. Esa es una de las previsiones del preacuerdo y por ello, entre otros muchos motivos, es preciso que se cumpla aunque la nueva LOPJ no vea la luz.

domingo, 22 de septiembre de 2013

Tres jueces desmienten a Gallardón: las tasas judiciales no se recuperan aunque ganes el recurso


La Audiencia Provincial de León ha dejado en entredicho al ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, que en reiteradas ocasiones ha mantenido que el pago de tasas judiciales no iba a suponer un problema para que los ciudadanos de ‘a pie’ pudieran recurrir sentencias porque esos gravámenes siempre eran recuperables. Sin embargo, un auto judicial dictado el pasado 5 de septiembre firmado por tres magistrados deja claro que no es así cuando se trata de recursos de apelación.
Según el artículo 241.7º de la Ley de Enjuiciamiento Civil, la tasa judicial forma parte del concepto jurídico de costas procesales (gastos del proceso) y, por lo tanto, nunca se recupera. Los abogados han acogido la sentencia con satisfacción porque es la primera vez que se reconoce por escrito lo que ellos venían denunciando desde hace tiempo.
Es más, durante unas jornadas sobre Nuevos medios contra el delito económico y la recesión celebradas el pasado mes de noviembre en Valencia, Gallardón explicó que existe el “criterio del vencimiento” según el cual a la parte que gana el pleito se le devuelven las tasas. “No son a fondo perdido, los costes los paga al final única y exclusivamente el que no ha acreditado el derecho para superar el litigio”, afirmó .
Pero los hechos le desmienten. Según matiza a eldiario.es la abogada Verónica del Carpio, para que un ciudadano que no haya podido acogerse a la justicia gratuita (el llamado turno de oficio) pueda recuperar la tasa pagada, “es indispensable, en primer lugar, que el que gane, gane con condena en costas, porque las tasas judiciales son una partida repercutible al contrario, vía condena en costas”. “Pero aunque se gane –añade-, muchas veces no hay condena en costas, y, por tanto, las tasas se pierden. Y mucho más difícil es recuperar ese dinero si el contrario es insolvente.
Lo cierto es que desde que se aprobó la ley en 2012 -modificada en algunos aspectos pocos meses después ante la avalancha de críticas recibidas-, el colectivo de abogados no ha dejado de alertar sobre esta situación de “grave injusticia social” que está suponiendo la ley al extenderse el pago de las tasas a todo tipo de personas físicas y jurídicas, incluyendo ONG, particulares, pymes, etc, en igual importe que a un banco para los que no supone quebranto económico la presentación de estos recursos. Y, encima, las cantidades abonadas no son deducibles fiscalmente. El Estado, por el contrario, está exento del pago.
Las tasas judiciales por apelar, tras modificarse la ley, suponen un fijo de 800 euros más un variable del 0,5% de la cuantía reclamada, si se es persona jurídica, y más el 0,1% de la cuantía reclamada, si se trata de persona física.
El PSOE y dos comunidades autónomas, Cataluña y Andalucía, han recurrido la ley de Gallardón ante el Tribunal Constitucional por considerarla abusiva e injusta aunque ello no ha paralizado su aplicación. Pero el auténtico varapalo le ha llegado al ministro de la Audiencia Nacional. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha planteado también una cuestión de inconstitucionalidad al entender que puede condicionar el acceso de los ciudadanos a este servicio público y puede llegar a convertirse en un “impedimento innecesario e injustificado” para obtener el derecho de la tutela judicial efectiva. Ahora lo que esperan y desean todos los colectivos afectados por el ‘tasazo’ es que el alto tribunal se pronuncie cuanto antes.

sábado, 14 de septiembre de 2013

La reforma procesal penal y la independencia judicial:un artículo de José Muelas Cerezuela

Sostienen bastantes jueces con los que he tenido ocasión de hablar que todas las reformas que pretende llevar a cabo el ministro de justicia obedecen a un único objetivo: acabar con la independencia judicial.
Sostienen estos jueces que el plan del ministro para acabar con la independencia judicial se apoya en tres pilares fundamentales: El primero controlar al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) mediante el sistema de elección de sus componentes, el segundo controlar la instrucción de las causas a través del Ministerio Fiscal aprovechando el principio de jerarquía y el tercero controlar a los jueces a través de la oportuna creación y regulación de los tribunales de instancia. Si consiguiera estos tres objetivos, afirman estos jueces, el control del gobierno sobre el sistema judicial sería absoluto y esto, eventualmente, sería el salvoconducto perfecto para la impunidad de muchos de los delitos que llenan las primeras planas de nuestros periódicos.
Tales afirmaciones, recurrentes en las esperas de los juicios y en las salas de togas, son tan graves que cuesta dar crédito a las mismas y sin embargo...
No sé si alguien tiene a estas alturas dudas de cuáles son las intenciones del ministro. La única duda que me cabe es otra más inquietante: ¿Alguien piensa hacer algo?
El artículo completo en el siguiente enlace:

viernes, 19 de julio de 2013

La reforma penal de Gallardón parecería un traje hecho a su medida

     Con el nuevo artículo 432 del Código Penal (sobre malversación) los imputados de ‘Madrid 2016’ en el caso Urdangarin podrían eludir la cárcel.
En medios jurídicos ha causado escándalo y profundo malestar que el ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, haya incluido en su propuesta de reforma del Código Penal una reducción de las penas relativas al delito de malversación de fondos públicos (artículo 432). Delito clave de la corrupción política que invade a las Administraciones y a la vida pública, cuando lo que se esperaba, en las actuales circunstancias españolas, era lo contrario: un endurecimiento de dichas penas. Máxime cuando el nuevo artículo 432 que propone Gallardón le podría beneficiar personalmente al propio ministro de Justicia en el proceso del caso Urdangarin, donde se incluye una pieza que afecta de una manera directa al ministro por los pagos ilegales que hizo el Ayuntamiento de Madrid al yerno del Rey, cuando Gallardón era alcalde. De ahí que el ministro haya indicado a sus fiscales que se opongan a su declaración en el caso madrileño de Urdangarin y a la posibilidad de que se abra una ‘pieza separada’.
Por todo esto, llama la atención que, en lo que se refiere al delito de la malversación de autoridades y funcionarios públicos que ahora está penado con de 3 a 6 años de prisión o de 4 a 8 años de prisión (penas que no se pueden suspender y que obligan a la entrada en la cárcel) se pueden quedar en 2 años de cárcel (con posible suspensión del ingreso en prisión) en la nueva redacción del artículo 432 y sólo en los delitos de malversación de una cuantía superior a los ¡250.000 €!, porque el caso que afecta al Ministro y sus ex colaboradores es de ¡144.000 €!.