jueves, 13 de junio de 2013

Bolsa interinos de Asturias.

La Dirección General de Justicia, nos ha hecho llegar la sentencia dictada en el TSJ de Asturias, por el recurso que se interpuso contra las bases de la formación de las bolsas de interinos en Asturias. El recurso versaba sobre la vulneración del derecho recogido en el art. 23.2 de nuestra Constitución que dice que los ciudadanos tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes. Sin embargo, la Disposición Adicional Primera de la Resolución sobre formación de la bolsa de trabajo, disponía que los integrantes de las dos últimas bolsas aprobadas por la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia para el Principado de Asturias, no tenían que acreditar ninguno de los requisitos contemplados en el art. 5.2.h (haber superado, al menos el primer ejercicio de las oposiciones en las tres últimas convocatorias, o una experiencia mínima de seis meses en el Cuerpo para el que se optara). No obstante, al menos uno de estos requisitos sí eran exigidos al resto de aspirantes que no forman parte de dichas bolsas.
Ahora bien, el fallo de la sentencia ha estimado parcialmente el recurso, y deja sin efecto la Disposición Adicional Primera, con lo que ahora sí se exigen los mismos requisitos a todos los aspirantes, formaran parte o no de las anteriores bolsas.
Próximamente, se publicará en el BOPA las instrucciones para ejecutar la anterior sentencia.