- Orden JUS/1151/2018, de 18 de octubre, por la que se nombran funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, acceso por promoción interna, a los aspirantes que superaron el proceso selectivo convocado por Orden JUS/931/2017, de 25 de septiembre.
- Orden JUS/1150/2018, de 18 de octubre, por la que se otorga destino a los funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/931/2017, de 25 de septiembre.
TOMA DE POSESIÓN: plazo de 20 DÍAS HÁBILES a contar a partir del día siguiente a la publicación en el BOE. Es el plazo dentro del cual se ha de realizar el acto de toma de posesión.
PERMISO RETRIBUIDO ANTES DE TOMAR POSESIÓN: Al ser funcionarios de carrera en el Cuerpo de Auxilio Judicial y para impedir que se produzca vacíos en la continuidad de servicios en la Administración de Justicia, (dentro de los 20 días hábiles establecidos para la toma de posesión) se dispondrá de un PERMISO RETRIBUIDO, que deberá ser solicitado en la Gerencia Territorial de origen, de:
-1 DIA si se toma posesión en la misma localidad en la que está destinado.
-2 DÍAS si se trata de localidad distinta de la que está destinado.
-3 DÍAS si se han de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla.
UNA VEZ TOMADA POSESIÓN: Según lo establecido en la Disposición 5ª del RD 364/1995 de 10 de marzo, a partir de la toma de posesión, se dispone de un permiso RETRIBUIDO, que deberá ser solicitado en la Gerencia de destino, de:
-3 DÍAS si la toma de posesión NO IMPLICA cambio de lugar de residencia
-1 MES si la toma de posesión IMPLICA cambio de lugar de residencia
De este permiso SE DEDUCIRÁN los días contemplados en el primer permiso.
Las Gerencias o CCAA donde haya tomado posesión será la encargada de comunicar al destino anterior la toma de posesión para que se pase a la situación de EXCEDENCIA en el cuerpo inferior.
LOS QUE OPTEN POR CONTINUAR EN ACTIVO EN EL CUERPO DE ORIGEN
-NO es necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, basta con que dentro del plazo de toma de posesión, comuniquen, en su caso, a la Gerencia Territorial correspondiente o al órgano competente de la CCAA con traspasos recibidos dicha opción, a los efectos de DECLARACIÓN DE EXCEDENCIA VOLUNTARIA .
Con el fin de que no se demore en exceso la adjudicación de destinos a los aspirantes aprobados por el turno libre, aquellos aspirantes del turno de promoción interna que opten por continuar en activo en el Cuerpo de procedencia, deberán comunicar, mediante el formulario que se publica en la presente Orden como anexo II, su intención de acogerse a dicha opción, a través del fax 913904304 o al correo electrónico concursos.admonjusticia@mjusticia.es en el plazo de tres días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de su nombramiento y adjudicación de destino en el «Boletín Oficial del Estado».
Las adjudicaciones de destinos en las comunidades autónomas con las competencia transferidas son las siguientes: