martes, 30 de junio de 2020

Protocolo de actuación para la realización de Actos de Comunicación y Ejecución fuera de las Sedes Judiciales.



Desde la Viceconsejería de Justicia nos trasladan el Protocolo de Actuación para la realización de Actos de Comunicación y Ejecución fuera de las Sedes Judiciales del Principado de Asturias como consecuencia del Covid-19, que entrará en vigor el 1 de julio.


Se establecen, entre otras, las siguientes medidas:

1. Este Protocolo será de aplicación al personal funcionario de los Cuerpos de la Administración de Justicia destinados en los órganos judiciales y servicios de justicia del Principado de Asturias para la realización de actos de comunicación y ejecución, tanto unipersonales como en comisión, fuera de las dependencias de su centro de trabajo. 

2. Para que el personal funcionario pueda realizar los actos de comunicación y ejecución fuera de las sedes judiciales con la debida protección, se les proporcionará máscara facial homologada, mascarillas tipo FFP2, guantes de nitrilo de un solo uso y gel desinfectante en envases individuales. No se podrán llevar a cabo los actos de comunicación y ejecución encomendados si no se dispone, como mínimo, de la mascarilla adecuada. 

3. Se intentará, en primer lugar, notificar al receptor por los medios que articulan los artículos 152.2 y 152.3 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (LEC) y, en último lugar, mediante entrega personal al receptor. Cuando se hayan agotado todas las vías mencionadas para la práctica de los actos de comunicación y ejecución, se procederá a notificar al receptor de acuerdo con el artículo 161 de la LEC.

4. Cuando el personal funcionario se deba desplazar a un domicilio para la realización de un acto de comunicación o ejecución intentará evitar, en la medida de lo posible, la utilización de medios de transporte público que no permitan garantizar el mantenimiento de la distancia social. En este sentido, se considera preferible el desplazamiento a pie respecto de la utilización de vehículos oficiales, el uso de éstos frente al taxi y, por último, el taxi frente al transporte colectivo, permitiéndose también el uso del vehículo privado. 

5. En los desplazamientos a pie para la realización de actos de comunicación y ejecución fuera de la sede judicial, se procurará mantener en todo momento la distancia social como principal medida de protección colectiva.

El uso de mascarilla será obligatorio en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros. En todo caso, se estará a lo que dispongan las autoridades competentes en relación al uso de mascarillas en lugares públicos.


La Viceconsejera nos traslada que repartirán las mascarillas FFP2 a todos los Juzgados, y que los geles en formato individual esperan recibirlos a finales de semana.

- Protocolo para realización de actuaciones fuera de la sede judicial.