martes, 28 de septiembre de 2021

Suspensión de la Autorización Permisos Asuntos Particulares por Convocatoria de Huelga.

Desde la Viceconsejeria de Justicia nos acaban de remitir 
comunicación relativa a la convocatoria de huelga a nivel estatal de trabajadores de la Administración Pública y Organismos Autónomos de la misma (ámbito Nacional, Autonómico y Local) a través de dos convocatorias diferentes, una de carácter indefinido a partir del 29 de septiembre y otra con paros de jornada completa los días 29 y 30 de septiembre, y 13, 14, 27 y 28 de octubre de 2021, así como paro parcial el día 4 de octubre y la autorización de permisos.

Según nos trasladan, la convocatoria de Huelga la ha realizado la "Comisión Abierta de Huelga Estatal por la Lucha de los Trabajadores en Precario de las A.A.P.P".

Al tratarse de una convocatoria de huelga de carácter indefinido,  supondrá la denegación de permisos por asuntos particulares. Según establece la resolución de la Viceconsejeria "con carácter general, no deberán ser autorizados los permisos por asuntos particulares a que hace referencia el artículo 48 k) y la Disposición Adicional Decimotercera del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, solicitados con posterioridad al día 24 de septiembre de 2021"

Es muy importante que TODO EL PERSONAL, (tanto personal titular, como el interino)  destinado en los órganos judiciales que no vayáis a hacer huelga, rellenéis los partes de asistencia al trabajo a diario que os facilitamos como ANEXO.  Además se deberán justificar debidamente las ausencias al trabajo para evitar descuentos en nómina.  

Excepcionalmente, en caso de solicitud de permisos que estén suficientemente justificados, como un viaje programado o similar, se autorizará la concesión del permisos, para evitar perjuicios mayores. 

Esta restricción de disfrute de permisos SÓLO AFECTA A LOS ASUNTOS PARTICULARES, es decir se podrá SOLICITAR Y AUTORIZAR EL DISFRUTE DE VACACIONES durante el periodo que dure la convocatoria de huelga.

-    Tras las dudas que nos habéis planteado en relación al teletrabajo y la conciliación, la Viceconsejeria nos traslada lo siguiente:

TELETRABAJO. En el caso de que en un determinado servicio, órgano judicial o Fiscalía, hubiere personal prestando servicios en forma de teletrabajo, se deberá hacer constar así en el formulario, (por el LAJ o por el resto de compañeros) y posteriormente se realizaran las comprobaciones necesarias por la Viceconsejeria.

CONCILIACIÓN. Respecto a la conciliación, en caso de que en un determinado servicio, órgano judicial o Fiscalía hubiere personal prestando servicios en horario flexible por tener concedido el Plan concilia, no se remitirá el formulario de asistencia al trabajo a las 9:15 horas sino hasta que todo el personal se encuentre prestando servicios en el órgano.

Os transcribimos el contenido de la Instrucción:

Así, los funcionarios de cada órgano judicial/fiscalía/servicio que acudan a su puesto de trabajo cada día a partir del 29 de septiembre de 2021, deberán cumplimentar con su nombre, apellidos, DNI y firma, el Anexo que se acompaña (un anexo por órgano). 

El Anexo I, haciendo constar los funcionarios que estén presentes en su puesto de trabajo a las 9 h., deberá ser remitido a la Viceconsejería de Justicia, antes de las 9:15 horas de ese mismo día (no se tendrán en cuenta los Anexos remitidos antes de las 9 h del día al que correspondan), preferentemente por correo electrónico a la siguiente dirección: personal@asturias.org dejando constancia en el asunto del órgano de procedencia. 

Se considerará que el personal que no haya hecho constar sus datos y firma en el anexo cada día, a la hora indicada, ha ejercido su derecho a la huelga y comportará las deducciones salariales correspondientes, salvo que en el plazo de 72 horas justifique documentalmente el motivo de la no asistencia a su puesto de trabajo. 

Enlace a la Resolución

Comunicado Seguimiento de Huelga

ANEXO Formulario seguimiento Huelga