lunes, 11 de abril de 2022

Vacaciones y Asuntos Particulares 2.022.

Durante estos días hemos recibido diversas consultas en relación al disfrute de las vacaciones y asuntos particulares, por lo que a continuación os dejamos un pequeño resumen de la regulación que nos es de aplicación.

- LAS VACACIONES vienen reguladas en: 


Cada año natural las vacaciones retribuidas tendrán una duración de 22 días hábiles anuales por año completo de servicios, o de los días que correspondan proporcionalmente si el tiempo de servicio durante el año fue menor. 

Por antigüedad se incrementan los días de vacaciones en un día más, a los 15 años, 20 años, 25 años y 30 años, hasta llegar a un máximo de 26 días hábiles de vacaciones anuales. Estos días adicionales se generan a partir del día siguiente a cumplir la antigüedad señalada. 

Las vacaciones se disfrutarán, previa autorización y siempre que resulte compatible con las necesidades del servicio, dentro del año natural, en periodos mínimos de 5 días hábiles consecutivos. 

Sin perjuicio de lo anterior, y siempre que las necesidades del servicio lo permitan, de los días de vacaciones, se podrá solicitar el disfrute independiente de hasta 5 días hábiles por año. Además estos 5 días de vacaciones se podrán unir a los días de asuntos particulares de 2022.

Si hubiera discrepancias entre los funcionarios destinados en un mismo órgano judicial para la elección de las vacaciones, se sorteará el período a elegir, estableciéndose para lo sucesivo un turno rotatorio.

Los días de vacaciones  se podrán disfrutar hasta 31 de Diciembre de 2022.


A lo largo del año 2022 podemos disfrutar los días de permiso por AAPP que son 9 días, más 3 días correspondientes al 1 de enero, 24 y 31 de diciembre. En total 12 días.

Los días por asuntos particulares  se podrán disfrutar hasta 31 de Enero de 2023.

Por antigüedad se incrementan los días de AAPP en 2 días más al cumplirse el 6º trienio, y un día más a partir del 8º. Estos días adicionales se generan a partir del día siguiente a cumplir la antigüedad señalada.