jueves, 9 de junio de 2022

Publicado en el BOE nombramiento y adjudicaciones Auxilio Judicial

Se ha publicado en el BOE de hoy día 9 de junio los nombramientos como funcionarios de carrera y la adjudicación de destinos a los aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Auxilio Judicial.

El plazo de toma de posesión es de VEINTE DÍAS HÁBILES contados a partir del dia siguiente a la publicación.  (del 10 de junio hasta el 7 de julio de 2022)

 

NOMBRAMIENTO:

Orden JUS/518/2022, de 1 de junio por la que se nombran funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial, a los aspirantes que superaron el proceso selectivo convocado por Orden JUS/60/2020, de 15 de enero.


 Orden JUS/520/2022, de 1 de junio del Ministerio de Justicia por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/60/2020 de 15 de enero, en el ámbito del Ministerio. 


 Os adjuntamos las adjudicaciones de destinos en las comunidades autónomas con las competencias transferidas salvo la Comunidad de Madrid que publicará en el BOCM el próximo 17 de junio.

 

Cataluña 

Andalucía

Aragón

Asturias

Canarias

Cantabria

Comunidad valenciana

Galicia

La Rioja

Navarra

País Vasco 


Los funcionarios destinados en virtud de esta Orden, que pertenezcan ya al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Tramitación Procesal y Administrativa y que opten por continuar en activo en alguno de dichos Cuerpos, no será necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión (20 días hábiles), comuniquen, en su caso, a la Gerencia Territorial correspondiente o al órgano competente de las Comunidades Autónomas con traspasos recibidos dicha opción, a los efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506 d) de L.O.P.J


En el caso de que los funcionarios optaren por ingresar en el Cuerpo de Auxilio Judicial y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia, podrán solicitar a la Gerencia Territorial correspondiente a su destino como funcionarios del Cuerpo de Gestión o Tramitación, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días. Estos días se consideran hábiles, y la toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados, debiendo disfrutarse, en cualquier caso, dentro del plazo posesorio.


PARTICIPACIÓN EN CONCURSOS DE TRASLADOS:

Los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial, a los que se otorga destino en virtud de esta Orden, no podrán participar en concursos de traslados para puestos genéricos del mismo cuerpo hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta Orden. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 523.3 de la LOPJ

FUNCIONARIOS INTERINOS:

Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas, que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión del titular