A continuación, hacemos un resumen del borrador de las bases que van a regir en el sistema de concurso de méritos, que va a ser próximamente objeto de negociación.
Descripción de las plazas
Se convoca proceso selectivo para cubrir por el turno libre, por el sistema de concurso de méritos a nivel Nacional de 704 plazas en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, 2.001 plazas en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y 2.111 plazas en el Cuerpo de Auxilio Judicial.
Las personas aspirantes sólo podrán participar por un único ámbito territorial y, en caso de superar el proceso selectivo, obtendrán necesariamente destino dentro del ámbito territorial por el que concurren.
Los FUNCIONARIOS TITULARES pueden presentarse a esta convocatoria, siempre que lo hagan por cuerpo distinto al que ya es titular, en condiciones de igualdad con cualquier otro ciudadano o ciudadana que cumpla el resto de requisitos exigidos en estas bases para presentarse.
En ámbito ministerio se convocarán:
- Cuerpo de Gestión: 169 plazas
- Cuerpo de Tramitación: 679 plazas
- Cuerpo de Auxilio: 694 plazas
Presentación de solicitudes
La presentación de la solicitud electrónica se realizará en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado. La no presentación de la misma en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
Duración del proceso selectivo.
Una vez hecha pública la lista definitiva de admitidos y excluidos, en los tres meses siguientes, se abrirá el plazo para que las personas admitidas puedan alegar y, en su caso, presentar sus méritos. En todo caso, el proceso selectivo deberá finalizar antes del 31 de diciembre de 2024, conforme a lo previsto en la Ley 20/2021.
La ejecución de este proceso selectivo es compatible con la ejecución simultánea del proceso extraordinario de consolidación también previsto en la Ley 20/2021 que debe ejecutarse por el sistema de concurso-oposición, así como con otros procesos selectivos ordinarios de reposición, por el turno libre o por promoción interna, que pudieran estar desarrollándose. La persona aspirante que haya concurrido por diversos procesos, de superar alguno de ellos y ser nombrada funcionaria o funcionario de carrera, quedará automáticamente excluida de los otros procesos pendientes aún de finalización, siempre que se trate del mismo Cuerpo y con independencia del ámbito territorial por el que haya concurrido.
Fase de concurso.
Tras la publicación de las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos, y constituidos los Tribunales Calificadores, se dictará resolución otorgando a las personas aspirantes admitidas, el plazo de diez días naturales para presentar en el registro o dirección electrónica que se indique la documentación acreditativa, en original o copia auténtica, únicamente de los méritos indicados en el epígrafe B (historial profesional).
La comprobación de los méritos alegados de los apartados A (títulos y grados académicos) , C (exámenes aprobados) y D ( servicios prestados) se hará de oficio. No obstante, el mérito de servicios prestados como personal interino, si se ha obtenido en más de un ámbito territorial o en uno distinto a aquel en el que se presenta deberá ser acreditado por la persona aspirante.
MÉRITOS
Han traspuesto, al presente concurso de méritos, la fase de méritos del concurso oposición de la última convocatoria, pero ajustando a una puntuación total de 100 puntos.
CUERPO DE GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA
Para superar el proceso selectivo será preciso obtener un mínimo de 50 puntos, quedando excluidas las personas aspirantes que no alcancen este mínimo.
A. Títulos y grados académicos
La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 15 puntos, conforme al siguiente baremo:
– 12 puntos por estar en posesión de la licenciatura en Derecho, o bien, grado en Derecho y máster con contenido de carácter jurídico.
– 10 puntos por estar en posesión del grado en Derecho.
– 6 puntos por estar en posesión de la Licenciatura en Ciencias del Trabajo, Ciencias Políticas y de la Administración o Criminología, valorándose exclusivamente una titulación en este apartado.
– 4 puntos por estar en posesión de cualquier otro grado, licenciatura, diplomatura, ingeniería o ingeniería técnica del sistema educativo español, valorándose exclusivamente una titulación por este apartado.
B. Historial profesional
La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 15 puntos, con la siguiente baremación.
B-1. Cursos de formación, recibidos y acreditados, en los últimos diez años y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria y hasta un máximo de 12 puntos:
– Entre 11 y 29 h: 2 puntos.
– Entre 30 y 59 h: 2,5 puntos.
– Entre 60 y 119 h: 3 puntos.
– Entre 120 o más h: 3,5 puntos.
B-2. Cursos de formación en informática, recibidos y acreditados, en los últimos diez años y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria y hasta un máximo de 3 puntos:
– Entre 11 y 29 h: 1 puntos.
– Entre 30 y 59 h: 1,5 puntos.
– Entre 60 y 119 h: 2 puntos.
– Entre 120 o más h: 2,5 puntos.
C. Superación de ejercicios en procesos selectivos anteriores
Por la superación de ejercicios de los procesos selectivos celebrados en los últimos diez años, contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 30 puntos, con la siguiente baremación y límite de ejercicios y puntos:
- Por cada ejercicio superado en las pruebas del Cuerpo de Gestión: 5 puntos (máximo 5 ejercicios, 25 puntos)
- Por cada ejercicio superado en las pruebas del Cuerpo de Tramitación o Auxilio Judicial: 1,5 puntos (máximo 5 ejercicios, 7,5 puntos).
- Por cada ejercicio superado en las pruebas del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia y o de las pruebas de acceso para la carrera judicial y fiscal: 1 punto (máximo 5 ejercicios, 5 puntos).
D. Servicios prestados en la Administración de Justicia
Servicios prestados como titular, sustituto o interino en los Cuerpos de la Administración de Justicia o como personal laboral de esta Administración. La puntuación máxima, en total, a otorgar en este apartado será de 40 puntos, con la siguiente baremación y límites de puntuación y tiempo:
– Por cada mes completo de servicios prestados como sustituto o interino, en el Cuerpo de Gestión: 0,30 puntos, con el límite máximo de 10 años (36 puntos).
– Por cada mes completo de servicios prestados como titular, interino o sustituto en el resto de los Cuerpos Generales, Letrados de la Administración de Justicia, Jueces sustitutos o Fiscales sustitutos: 0,06 puntos, con el límite máximo de 10 años (7,2 puntos).
– Por cada mes de servicios prestados como personal laboral de la Administración de Justicia fijo o temporal: 0,02 puntos, con el límite de 10 años (2,4 puntos).
Para superar el proceso selectivo será preciso obtener un mínimo de 50 puntos, quedando excluidas las personas aspirantes que no alcancen este mínimo.
A. Títulos y grados académicos
La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 15 puntos, conforme al siguiente baremo:
– 12 puntos por estar en posesión de la licenciatura en Derecho, o bien, grado en Derecho y máster con contenido de carácter jurídico,
– 10 puntos por estar en posesión del grado en Derecho,
– 6 puntos por estar en posesión de la Licenciatura en Ciencias del Trabajo, Ciencias Políticas y de la Administración o Criminología, valorándose exclusivamente una titulación en este apartado.
– 4 puntos por estar en posesión de cualquier otro grado, licenciatura, diplomatura, ingeniería o ingeniería técnica del sistema educativo español, valorándose exclusivamente una titulación por este apartado.
B. Historial profesional
La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 15 puntos, con la siguiente baremación.
B-1. Cursos de formación, recibidos y acreditados, en los últimos diez años y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria y hasta un máximo de 12 puntos:
– Entre 11 y 29 h: 2 puntos.
– Entre 30 y 59 h: 2,5 puntos.
– Entre 60 y 119 h: 3 puntos.
– Entre 120 o más h: 3,5 puntos.
B-2. Cursos de formación en informática, recibidos y acreditados, en los últimos diez años y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria y hasta un máximo de 3 puntos:
– Entre 11 y 29 h: 1 puntos.
– Entre 30 y 59 h: 1,5 puntos. 25
– Entre 60 y 119 h: 2 puntos.
– Entre 120 o más h: 2,5 puntos.
C. Superación de ejercicios en procesos selectivos anteriores
Por la superación de ejercicios de los procesos selectivos celebrados en los últimos diez años, contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 30 puntos, con la siguiente baremación y límite de ejercicios y puntos:
- Por cada ejercicio superado en las pruebas del Cuerpo de Tramitación: 5 puntos (máximo 5 ejercicios, 25 puntos)
- Por cada ejercicio superado en las pruebas del Cuerpo de Gestión o Auxilio Judicial: 1,5 puntos (máximo 5 ejercicios, 7,5 puntos).
- Por cada ejercicio superado en las pruebas del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia y o de las pruebas de acceso para la carrera judicial y fiscal: 1 punto (máximo 5 ejercicios, 5 puntos).
D. Servicios prestados en la Administración de Justicia
Servicios prestados como titular, sustituto o interino en los Cuerpos de la Administración de Justicia o como personal laboral de esta Administración. La puntuación máxima, en total, a otorgar en este apartado será de 40 puntos, con la siguiente baremación y límites de puntuación y tiempo:
– Por cada mes completo de servicios prestados como sustituto o interino, en el Cuerpo de Tramitación: 0,30 puntos, con el límite máximo de 10 años (36 puntos).
– Por cada mes completo de servicios prestados como titular, interino o sustituto en el resto de los Cuerpos Generales, Letrados de la Administración de Justicia, Jueces sustitutos o Fiscales sustitutos: 0,06 puntos, con el límite máximo de 10 años (7,2 puntos).
– Por cada mes de servicios prestados como personal laboral de la Administración de Justicia fijo o temporal: 0,02 puntos, con el límite de 10 años (2,4 puntos).
CUERPO DE AUXILIO JUDICIAL
Para superar el proceso selectivo será preciso obtener un mínimo de 50 puntos, quedando excluidas las personas aspirantes que no alcancen este mínimo.
A. Títulos y grados académicos
La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 15 puntos, conforme al siguiente baremo:
– 12 puntos por estar en posesión de la licenciatura en Derecho, o bien, grado en Derecho y máster con contenido de carácter jurídico.
– 10 puntos por estar en posesión del grado en Derecho.
– 6 puntos por estar en posesión de la Licenciatura en Ciencias del Trabajo, Ciencias Políticas y de la Administración o Criminología, valorándose exclusivamente una titulación en este apartado.
– 4 puntos por estar en posesión de cualquier otro grado, licenciatura, diplomatura, ingeniería o ingeniería técnica del sistema educativo español, valorándose exclusivamente una titulación por este apartado.
- 1 punto por estar en posesión del título de bachiller o equivalente. Sólo se valorará un título en este apartado. No tiene esta consideración la acreditación de la superación de la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años, sin perjuicio de que sí sirva para acreditar el requisito de la titulación en los procesos en los que se exija nivel académico de bachillerato o equivalente. No se valorará este mérito cuando se esté en posesión de alguna de las titulaciones universitarias anteriores y se puntúe ya por ellas.
B. Historial profesional
La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 15 puntos, con la siguiente baremación.
B-1. Cursos de formación, recibidos y acreditados, en los últimos diez años y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria y hasta un máximo de 12 puntos:
– Entre 11 y 29 h: 2 puntos.
– Entre 30 y 59 h: 2,5 puntos.
– Entre 60 y 119 h: 3 puntos.
– Entre 120 o más h: 3,5 puntos.
B-2. Cursos de formación en informática, recibidos y acreditados, en los últimos diez años y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria y hasta un máximo de 3 puntos:
– Entre 11 y 29 h: 1 puntos.
– Entre 30 y 59 h: 1,5 puntos.
– Entre 60 y 119 h: 2 puntos.
– Entre 120 o más h: 2,5 puntos.
C. Superación de ejercicios en procesos selectivos anteriores
Por la superación de ejercicios de los procesos selectivos celebrados en los últimos diez años, contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 30 puntos, con la siguiente baremación y límite de ejercicios y puntos:
- Por cada ejercicio superado en las pruebas del Cuerpo de Auxilio Judicial: 5 puntos (máximo 5 ejercicios, 25 puntos)
- Por cada ejercicio superado en las pruebas del Cuerpo de Gestión o Tramitación: 1,5 puntos (máximo 5 ejercicios, 7,5 puntos).
- Por cada ejercicio superado en las pruebas del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia y o de las pruebas de acceso para la carrera judicial y fiscal: 1 punto (máximo 5 ejercicios, 5 puntos).
D. Servicios prestados en la Administración de Justicia
Servicios prestados como titular, sustituto o interino en los Cuerpos de la Administración de Justicia o como personal laboral de esta Administración. La puntuación máxima, en total, a otorgar en este apartado será de 40 puntos, con la siguiente baremación y límites de puntuación y tiempo:
– Por cada mes completo de servicios prestados como interino, en el Cuerpo de Auxilio Judicial: 0,30 puntos, con el límite máximo de 10 años (36 puntos).
– Por cada mes completo de servicios prestados como titular, interino o sustituto en el resto de los Cuerpos Generales, Letrados de la Administración de Justicia, Jueces sustitutos o Fiscales sustitutos: 0,06 puntos, con el límite máximo de 10 años (7,2 puntos).
– Por cada mes de servicios prestados como personal laboral de la Administración de Justicia fijo o temporal: 0,02 puntos, con el límite de 10 años (2,4 puntos).
Para los 3 Cuerpos.
Los periodos inferiores al mes no se computarán, aunque, en el caso de ser varios, se sumarán los prestados en el mismo cuerpo, despreciándose, en su caso, una única fracción inferior al mes.
Un mismo período de tiempo no podrá ser objeto de valoración en más de un apartado de los anteriores.