En estos días estamos recibiendo numerosas consultas en relación a la modalidad de prestación de servicios a través del teletrabajo. Por ello, os recordamos la nota aclaratoria emitida por la Viceconsejería de Justicia del Principado de Asturias, donde dice expresamente que continua vigente el teletrabajo, y que dice lo siguiente:
"Me pongo en contacto con vosotros porque en estos días hemos recibido varias consultas del personal funcionario y de varias de las organizaciones sindicales relacionadas con el teletrabajo.
Se considera oportuno recordar que en Asturias permanecen vigentes las Medidas de carácter organizativo y tecnológico de la Viceconsejería de Justicia de 18 de septiembre de 2020, mientras no se produzca una regulación específica de la prestación de servicios a distancia bajo la modalidad de teletrabajo. Esta circunstancia ya ha sido puesta en conocimiento de los Letrados".
- El número de los funcionarios considerado idóneo en las autorizaciones concedidas es de un máximo del 30%-40% del órgano judicial o unidad, del total de la plantilla. Cuando el número de solicitantes autorizado en esta modalidad laboral fuera mayor que el resultado de aplicar dicho porcentaje, deberá establecerse un turno rotatorio semanal.
- La modalidad de teletrabajo se podrá realizar por un máximo de 3 días a la semana, siendo obligatoria la asistencia presencial del funcionario, al menos, 2 días a la semana.
- Los servicios en la modalidad de teletrabajo se prestarán en el mismo horario habitual en que se desarrolle el horario presencial. En todo caso de 09:00 a 14:00 horas el funcionario tendrá la obligación de encontrarse a disposición telefónica, quedando garantizado y en todo caso cubierto el derecho de información y atención a profesionales y resto de la ciudadanía. Para ello es posible hacer uso del desvío de llamadas que permiten los terminales telefónicos existentes.
- Le corresponde a la Viceconsejería autorizar el teletrabajo.
