miércoles, 3 de septiembre de 2025

Acoplamiento Fase III Tribunales de Instancia Islas Baleares: Oferta puestos genéricos con mayor complemento específico

 

En la página Web del Ministerio se publica Resolución por la que se ofertan puestos de trabajo genéricos diferenciados con mayor complemento específico dentro del proceso de acoplamiento que se realiza con motivo de la implantación de la de las nuevas Oficinas Judiciales de los Tribunales de Instancia en los partidos judiciales de Inca y Manacor.

Solamente podrán participar los funcionarios de carrera de los Cuerpos de Tramitación Procesal y Administrativa en situación de servicio activo o con reserva de su puesto de trabajo, con destino definitivo en los órganos judiciales de Inca y Manacor afectados por la implantación de la nueva Oficina Judicial. 

Convocatoria Comisiones de servicio en Cantabria


Se ha publicado en la página web del Gobierno de Cantabria la resolución de 2 de septiembre de 2025, del director general de Justicia, por la que se convoca a provisión temporal mediante el sistema de comisión de servicio, puestos de trabajo vacantes entre personal funcionario de carrera de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia.

Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Justicia y Víctimas del Terrorismo del Gobierno de Cantabria, calle Castilla nº 1, entresuelo, C.P. 39002 de Santander y podrán presentarse por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

El plazo de presentación de solicitudes es de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria, finalizando el 5 de septiembre. Es requisito imprescindible que se anticipen las solicitudes por correo electrónico al buzón de la Dirección General (justiciapersonal@cantabria.es).

Deberá aportarse con la solicitud el informe preceptivo y no vinculante del responsable funcional del órgano, servicio o unidad en que se encuentre destinado el funcionario peticionario y, además, si el solicitante está prestando servicios fuera de Cantabria, el informe favorable de la Dirección General correspondiente u órgano equivalenteSi no fuera posible la aportación de los informes en plazo, bastará acreditar que se han solicitado y la Dirección General de Justicia los recabará. 

martes, 2 de septiembre de 2025

Calendario de Jornada reducida por fiestas locales en Carreño y Villaviciosa.


Conforme al calendario de Jornada Reducida por fiestas locales para el año 2025 en el ámbito de la Administración de Justicia en Asturias, arobado por la Viceconsejeria de Justicia, se aplicará la jornada reducida en las siguientes localidades:

- Carreño del 8 al 12 de Septiembre. Festivo el 15 de Septiembre "El Cristin".
- Villaviciosa del 8 al 12 de SeptiembreFestivo el 15 de Septiembre "Nuestra Sra. del Portal".

La jornada de trabajo en los días señalados será de 9:00 a 14:00 horas.

En todo caso, habrá de respetarse el horario de audiencia pública, horario de atención a los ciudadanos y a los profesionales, y lo dispuesto en el artículo 135.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en cuanto a la recepción y registro de escritos.

El personal que se encuentre en servicio de guardia durante todas o algunas de las indicadas fechas podrá acogerse a la reducción de la jornada en la semana posterior.


lunes, 1 de septiembre de 2025

Nombramiento Tribunales oposición LAJ 2025.


En el BOE se ha publicado la Orden PJC/958/2025, de 27 de agosto, por la que se nombra el Tribunal Calificador n.º 2, 3, 4 y 5 del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Letradas y Letrados de la Administración de Justicia, convocado por Orden PJC/307/2025, de 26 de marzo.

Comisiones de servicio en la provincia de Santa Cruz de Tenerife.

En la página Web del Gobierno de Canarias se publica resolución de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia por la que se anuncia convocatoria pública para la cobertura temporal mediante los procedimientos de comisión de servicio o sustitución de diversos puestos en la provincia de Santa Cruz de Tenerife

Las solicitudes se presentarán en el plazo máximo de TRES DÍAS HÁBILES, a contar desde el día siguiente a la publicación en la intranet de justicia y en la página web de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia (27 de agosto)

Se presentarán exclusivamente a través del registro electrónico del Gobierno de Canarias (https://sede.gobcan.es/sede/tramites/6813) eligiendo la unidad de registro 49507 SECC RRHH TF.


viernes, 29 de agosto de 2025

Comisiones de servicio en Las Palmas.

En la página Web del Gobierno de Canarias se publica resolución de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia por la que se anuncia convocatoria pública para la cobertura temporal mediante los procedimientos de comisión de servicio o sustitución de diversos puestos en la provincia de Las Palmas. 

Las solicitudes se presentarán en el plazo máximo de TRES DÍAS HÁBILES, a contar desde el día siguiente a la publicación en la intranet de justicia y en la página web de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia (28 de agosto)

Se presentarán exclusivamente a través del registro electrónico del Gobierno de Canarias (https://sede.gobcan.es/sede/tramites/6813) eligiendo la unidad de registro 49176 SECC RRHH GC.

Nota informativa sobre el primer ejercicio de LAJ promoción interna.

En la página Web del Minsterio se publica nota informativa sobre la realización del primer ejercicio de la promoción interna para acceso al cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, convocada por Orden PJC/307/2025, que se celebrará el próximo 6 de septiembre, a las 10:00 horas en el edificio nº 10 (Campomanes) de la Universidad Carlos III, situado en el Campus de Getafe, Calle Madrid, 126.

martes, 26 de agosto de 2025

Resolución concurso específico acoplamiento en Islas Baleares.

 En el BOE de hoy se publica la Orden PJC/935/2025, de 4 de agosto, por la que se resuelve el concurso específico en la Administración de Justicia en el ámbito territorial gestionado por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, convocado por Orden PJC/749/2025, de 12 de julio.

Se ofertaban puestos de trabajo en Inca y Manacor de cara al acoplamiento para la entrada en funcionamiento de los Tribunales de Instancia en dichas localidades.

lunes, 25 de agosto de 2025

Comisiones de servicio Aragón.

En la intranet de justicia de Aragón se ha publicado la convocatoria 2/2025 de puestos vacantes a cubrir mediante comisión de servicios.

El plazo de presentación de solicitudes alcanza HASTA EL 12 DE SEPTIEMBREajustadas al modelo que se adjunta como Anexo I de la Instrucción de 18 de junio de 2021 de la Dirección General de Justicia por la que se establecen criterios de gestión para la provisión temporal mediante comisión de servicios de puestos vacantes en órganos de la Administración de Justicia de la Comunidad Autónoma de Aragón, enumerando, por orden de preferencia, los puestos que se solicitan. 

El escrito de solicitud deberá remitirse en formato electrónico y con firma digital a la dirección de correo personal.justicia@aragon.es.

El informe al que se refiere el apartado cuarto de la Instrucción (informe favorable del responsable de la unidad o centro de destino de origen de la persona solicitante y, en caso de estar destinado en un centro de fuera de la comunidad autónoma de Aragón, el informe de conformidad de la comunidad autónoma de origen) deberá ser aportado conjuntamente con la solicitud.

viernes, 22 de agosto de 2025

Plazas que ofertarán en el concurso de traslados de la 1ª Fase de implantación Tribunales de Instancia en Asturias.


Desde la Viceconsejería de Justicia de Asturias nos trasladan los listados
 de nuevo con algunas correcciones de las plazas vacantes y las resultas del concurso de traslados de los Tribunales de Instancia, y han dejado únicamente a resultas las plazas ocupadas por titular.

Plazas de gestion

Plazas de tramitacion

Plazas de auxilio judicial


Interinos Asturias: listados Sepepa. Plazo para subsanar.


Desde la Viceconsejeria de Justicia del Principado nos comunican que ha sido publicada hoy la RELACIÓN DE PERSONAS QUE, EN EL MARCO DEL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL INTERINO DE LOS CUERPOS DE GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA, TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA Y AUXILIO JUDICIAL EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, DEBEN SUBSANAR SU SOLICITUD, A LOS EFECTOS DE CONCRETAR EL CUERPO PARA EL QUE QUIEREN SER INSCRITAS.

Su publicación se ha realizado en la página web www.asturias.es, en el portal de transparencia y en el tablón de anuncios de la Consejería de Hacienda, Justicia y Asuntos Europeos. Podéis acceder a través de los siguientes enlaces:

Relación de personas que deben subsanar solicitud para concretar el cuerpo en el que quieren ser inscritas






miércoles, 20 de agosto de 2025

Plazas que ofertarán en el concurso de traslados de la 1ª Fase de implantación Tribunales de Instancia en Asturias.


Desde la Viceconsejería de Justicia de Asturias nos han remitido las plazas que se van a ofertar en el concurso de traslados de la primera fase de implantación de los Tribunales de Instancia.

Son 20 plazas vacantes del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, 23 plazas vacantes del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y 8 plazas vacantes del Cuerpo de Auxilio Judicial. El resto a resultas.

No figuran las plazas que están reservadas para los procesos de consolidación (Orden JUS/1288/22 y Orden JUS/1327/22).

Plazas concurso de traslados 1ª Fase Tribunales de Instancia

Comisiones de servicio Médicos Forenses en Las Palmas. 🌴

En la página Web del Gobierno de Canarias se publica resolución de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia por la que se anuncia convocatoria pública para la cobertura temporal mediante comisión de servicio de un puesto de Médico Forense en el Instituto de Medicina Legal de Las Palmas.

Las solicitudes se presentarán en el plazo máximo de TRES DÍAS HÁBILES, a contar desde el día siguiente a la publicación en la intranet de justicia y en la página web de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia (19 de agosto)

Se presentarán exclusivamente a través del registro electrónico del Gobierno de Canarias (https://sede.gobcan.es/sede/tramites/6813) eligiendo la unidad de registro 49176 SECC RRHH GC.


jueves, 14 de agosto de 2025

Comisiones de servicio Santa Cruz de Tenerife.

En la página Web del Gobierno de Canarias se publica resolución de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia por la que se anuncia convocatoria pública para la cobertura temporal mediante los procedimientos de comisión de servicio o sustitución de diversos puestos en la provincia de Santa Cruz de Tenerife. 

Las solicitudes se presentarán en el plazo máximo de TRES DÍAS HÁBILES, a contar desde el día siguiente a la publicación en la intranet de justicia y en la página web de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia (13 de agosto)

Se presentarán exclusivamente a través del registro electrónico del Gobierno de Canarias (https://sede.gobcan.es/sede/tramites/6813) eligiendo la unidad de registro 49507 SECC RRHH TF.

viernes, 8 de agosto de 2025

Convocatoria concurso específico y libre designación Letrados AJ.

En el BOE de hoy se publican sendas resoluciones por las que se convocan concurso específico y libre designación de plazas para el cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.

  • Orden PJC/864/2025, de 4 de agosto, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo para el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.
  • Orden PJC/865/2025, de 4 de agosto, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación, para el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.

En ambos acasos, el plazo de presentación de solicitudes es de QUINCE DÍAS HÁBILES, desde  la publicación de las convocatorias, cumplimentándose con carácter obligatorio por medios telemáticos a través del Asistente de Inscripción, al que podrán acceder desde el Portal de la Administración de Justicia (acceso Área Privada-Escritorio de trabajo-Aplicación AINO@).

Letrados AJ: corrección de errores en las RPTs Tribunales de Instancia.

El Ministerio de Justicia nos ha remitido Resolución de la Secretaría General para la innovación y calidad del servicio público de Justicia por la que se modifican y corrigen errores de las resoluciones de 10 de julio de 2025 por las que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo del Cuerpo de Letrados de las Comunidades Autónomas de Andalucía, Canarias, Cataluña y Madrid en que se constituirán los Tribunales de Instancia en fecha 1 de octubre de 2025 y las resoluciones de fecha 21 de julio de 2025 por la que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de las oficinas judiciales de los partidos judiciales del ámbito no transferido en que se constituirán los Tribunales de Instancia en fecha 31 de diciembre del 2025.

jueves, 7 de agosto de 2025

Bolsa de interinos Gerencia de Valladolid: actualización agosto.

En la página Web del Ministerio se publica la actualización al mes de agosto de las bolsas de interinos vigentes de las provincias integrantes de la Gerencia Territorial de Justicia de Valladolid

miércoles, 6 de agosto de 2025

Comisiones de servicio en la provincia de Las Palmas.

 En la página Web del Gobierno de Canarias se publica resolución de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia por la que se anuncia convocatoria pública para la cobertura temporal mediante los procedimientos de comisión de servicio o sustitución de diversos puestos en la provincia de Las Palmas. 

Las solicitudes se presentarán en el plazo máximo de TRES DÍAS HÁBILES, a contar desde el día siguiente a la publicación en la intranet de justicia y en la página web de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia (5 de agosto)

Se presentarán exclusivamente a través del registro electrónico del Gobierno de Canarias (https://sede.gobcan.es/sede/tramites/6813) eligiendo la unidad de registro 49176 SECC RRHH GC.

ÁMBITO MINISTERIO: fases del proceso de acoplamiento.

 El pasado 1 de agosto se publicó el concurso de traslados para los puestos singularizados (jefaturas) y de libre designación, que se señalan en las RPTs de las localidades que entrarán en la fase III en el modelo de Tribunales de Instancia y sus respectivos servicios comunes.

Estas son las dos primeras fases del proceso de acoplamiento, que consta de varias fases:

1. Concursos de libre designación.

2. Concursos específicos para puestos singularizados (jefaturas de equipo).

3. Confirmación en el puesto de trabajo.

4. Reordenación de efectivos.

5. Reasignación forzosa.

Quien cubra un puesto de trabajo en una fase ya no seguirá participando en las siguientes fases del acoplamiento, es decir,  son fases excluyentes.

El proceso de acoplamiento no es un concurso de traslados, salvo la adjudicación mediante concurso a los puestos de libre designación y singularizados (jefaturas de equipo) que es en lo que estamos en este mes de agosto.

Quien no esté interesado en alguna de las plazas ofertadas tanto de jefaturas como de libre designación, no debe hacer nada, debe dejar pasar el plazo, como en cualquier otro concurso de traslados, y no participar.

Confirmación en el puesto de trabajo.

Posteriormente, y ya a lo largo de otoño, entraremos en las siguientes fases del acoplamiento, continuando por la tercera fase, la confirmación en el puesto de trabajo.

En este caso, y tal como señala la Resolución del 14 de mayo, si en los Servicios comunes hay igual o mayor número de puestos de trabajo que el número de funcionarios que están ocupando puestos de trabajo con iguales o similares funciones en los actuales Juzgados, el tramite de la confirmación en esos puestos de trabajo en los servicios comunes se hará de oficio por la Administración empleadora.

Es importante señalar que si en los servicios comunes hay un número menor de puestos que de funcionarios en los actuales Juzgados para ocupar puestos de igual o similar contenido, se adjudicará conforme al criterio de mayor antigüedad en el puesto de origen (toma de posesión en el puesto que se ocupe en el momento del acoplamiento) y, en caso de empate, al de mejor puesto en el escalafón.

En esta fase de confirmación se confirmará, en primer lugar, a quienes ocupen puestos con una retribución complementaria mayor, incluyendo los destinos que realizan el servicio de guardia.

Fase de Reordenación de efectivos.

Una vez finalizada la fase de confirmación, se entra en la fase de Reordenación de efectivos.

Los puestos de trabajo de los servicios comunes no cubiertos por el sistema de confirmación, se ofertarán a los funcionarios que aun no hayan obtenido un puesto de trabajo en los servicios comunes en la fases anteriores, porque no hayan sido confirmados en la fase de confirmación.

En otras palabras, aquellos compañeros que no hayan sido confirmados en su puesto de pasarán a la fase de reorganización, para que elijan los puestos de trabajo que el Ministerio les ofrezca de entre los puestos que aún están sin ocupar (recordad que no es un concurso de traslados).

En el caso de que haya varias peticiones para un puesto de trabajo (más peticiones de funcionarios que puestos de trabajo), se adjudicará conforme al criterio de mayor antigüedad en el puesto de origen (toma de posesión en el puesto que se ocupe en el momento del acoplamiento) y, en caso de empate, al de mejor puesto en el escalafón.

En esta fase rige la voluntariedad como sistema de adjudicación de plazas, tal como se establece en el Acuerdo del 8 de enero entre Ministerio y sindicatos.

Reasignación forzosa.

Finalmente, como última fase del proceso de acoplamiento, se entra en la reasignación forzosa de funcionarios a los puestos de trabajo de los servicios comunes.

En el supuesto de que haya compañeros que no se quieran reorganizar, es decir, que no hayan participado en la fase de Reorganización, pasarán a la fase de reasignación forzosa en la que se le resignará forzosamente un puesto de trabajo.

Los puestos de trabajo de los servicios comunes que no se hayan ocupado en la fase de confirmación ni de reordenación, se reasignarán forzosamente al personal que no haya obtenido puesto de trabajo en ninguna de las citadas fases.

Tal como se ha señalado anteriormente, el nombramiento en los nuevos puestos de trabajo de los servicios comunes por el sistema de confirmación, reordenación y reasignación forzosa no es un concurso de traslados y por tanto no se está congelado a efectos de poder participar en el siguiente concurso de traslados.

Es más, en el caso de los compañeros que obtengan su puesto de trabajo en los servicios comunes por el sistema de reasignación forzosa, que estuvieran congelados en el momento del acoplamiento, no estarán sujetos a la limitación temporal para concursar (dejarán de estar congelados) y podrán concursar por las vacantes o resultas que se oferten en el siguiente concurso de traslados.

Respecto de los funcionarios interinos.

Señalar que los puestos de trabajo vacantes que no hubieran sido cubiertos por personal funcionario de carrera, se cubrirán por los funcionarios interinos que venían prestando servicios hasta ese momento en el municipio, teniendo en cuenta la experiencia en el orden jurisdiccional en el que cada funcionario haya prestado mayor tiempo de servicios. Esto es lo que se señala en la Resolución del 14 de mayo. 

El personal funcionario interino nombrado para la cobertura de puestos de trabajo de funcionarios titulares se encuentren en situación que den derecho a la reserva de puesto de trabajo, será asignado a los puestos de trabajo adjudicados al funcionario titular con reserva de puestos.

En el caso de que el personal interino esté nombrado en puestos de trabajo de un funcionario titular que esté en comisión de servicios o realizando una sustitución en vertical, el personal funcionario interino cesará, pues la comisión de servicios y la sustitución vertical finalizarán. Esto sin perjuicio de que luego se pueda volver a nombrar, siempre que sea posible, al funcionario titular de nuevo en comisión de servicios o sustitución en vertical y pueda ser nombrado el propio funcionario interino para seguir ocupando el puesto de trabajo del titular que ha sido nombrado de nuevo en comisión de servicios o sustitución en vertical.

Al mantenerse el mismo número de puestos de trabajo, en sumatorio total, en el nuevo modelo de servicios comunes se debe nombrar al mismo número de funcionarios, tanto titulares como interinos.

En otras palabras;

Una vez que los funcionarios titulares hayan ocupado sus respectivos puestos en alguna de las fases señaladas, se pasará al acoplamiento de los funcionarios interinos, que pasarán a ocupar aquellos puestos de trabajo que queden vacantes como consecuencia del proceso de acoplamiento, es decir, no ocupados por funcionarios titulares.

Recordamos que al funcionario interino no debe cesar en aquellos supuestos en los que está ocupando una vacante; sin solución de continuidad habrá un nuevo nombramiento en el Centro de destino que corresponda, con fecha 1 de enero aunque si es igual que en la fase I (que se consumó el 1 de julio) se mantendrá la antigüedad del anterior nombramiento.

En el supuesto de los compañeros funcionarios interinos que están ocupando una plaza de un sustituto en vertical o de un comisión de servicios, hay que recordar que estas situaciones finalizan; el titular vuelve a su puesto de trabajo, puesto que se acopla desde su puesto en propiedad y eso hace que funcionario interino cese y vuelva a la bolsa, sin perjuicio de que luego el funcionario titular pueda volver a ser nombrado en sustitución en vertical o en comisión de servicios y se vuelva a nombrar otra vez al funcionario interino.

Respecto de las comisiones de servicios o las sustituciones en vertical.

Señalar que no se va a impedir realizar comisiones de servicio o sustituciones en vertical.

Después de finalizado el proceso de acoplamiento y antes de la puesta en marcha el nuevo modelo de Servicios Comunes, se procederá a la asignación de puestos de trabajo en comisión de servicios y en sustitución en vertical, siempre que sea posible, a los compañeros que estuvieran ocupando puestos de trabajo por estos sistemas de cobertura de puestos de trabajo.

Así, si el puesto de trabajo que se ocupaba en sustitución vertical o comisión de servicios era vacante, se les asignará una nueva vacante para cubrir en sustitución en vertical o comisión de servicios.

Y si el puesto de trabajo tiene titular, que implique reserva de puesto, se le asignará en comisión de servicios o en sustitución en vertical el puesto de trabajo que obtenga ese titular en el acoplamiento.

Esta es una de las garantías recogidas en el acuerdo de 8 de enero de 2025, en el que se señala la no amortización de plazas en el acoplamiento.

Importante señalar que los compañeros que estén en una sustitución vertical o en comisión de servicios, deberán participar en el proceso de acoplamiento desde su destino en propiedad, del que es titular, no desde el que está ocupando de forma temporal. Y esto es así a los efectos de conservar su destino en propiedad al que deberá volver cuando cese en esa comisión de servicio o sustitución en vertical.

Respecto de los Funcionarios del Cuerpo de Gestión con nombramiento en el Cuerpo de Letrados AJ

El Ministerio ha previsto dos supuestos dependiendo de la fecha de nombramiento en el Cuerpo de Letrados AJ.:

1.- Los Gestores nombrados en el Cuerpo de Letrados AJ que tengan reservado su puesto en el Cuerpo de Gestión, conforme a la reforma del Reglamento del mes de diciembre del 2024, participarán tanto en el proceso de acoplamiento en el Cuerpo de Gestión a efectos de reservarle su puesto en ese Cuerpo, como en el Cuerpo de Letrados.
Es decir, el funcionario del Cuerpo de Gestión nombrado como Letrado AJ después del 24 de diciembre del 2024, participará en el acoplamiento como funcionario del Cuerpo de Gestión en el municipio donde tenga su plaza como Gestor, y también en el acoplamiento del Cuerpo de Letrados AJ en el municipio donde esté ejerciendo como Letrado AJ sustituto.

2.- El funcionario del Cuerpo de Gestión, nombrado en el Cuerpo de Letrados AJ antes de la reforma del Reglamento, 24 de diciembre del 2024, es decir, aquellos funcionarios del Cuerpo de Gestión que no tengan reservado el puesto de trabajo que venían desempeñando antes de ser nombrado Letrado AJ sustituto, participarán en el proceso de acoplamiento únicamente el Cuerpo de Letrados AJ en el municipio donde estén prestando servicios en el Cuerpo de Letrados AJ.

Los funcionarios del Cuerpo de Gestión que estén adscritos provisionalmente a un puesto de trabajo por haber cesado en el Cuerpo de Letrados AJ y no tener la reserva de su anterior puesto de trabajo en el Cuerpo de gestión, serán adscritos provisionalmente a un puesto en la nueva RPT de los Servicios Comunes una vez finalizado el proceso de acoplamiento de todos los funcionarios.

En el caso de los gestores aprobados por promoción interna al Cuerpo de Letrados AJ y que actualmente están en el CEJ realizando el curso selectivo deberán participar en el acoplamiento como gestores en el municipio donde esté su destino en el Cuerpo de Gestión.

Nota importante.

Toda esta explicación del proceso de acoplamiento se recoge en sendas Resoluciones, tanto para los Cuerpos Generales como para el Cuerpo de Letrados AJ.

También hay un Acuerdo de garantías de fecha 8 de enero, que impide que pueda tener un criterio distinto a lo recogido en el mismo en lo referido al mantenimiento de las retribuciones o el mantenimiento del número de puestos de trabajo, sin que haya amortización de puestos.

martes, 5 de agosto de 2025

Bolsa de interinos de Asturias: nombramientos y ceses meses de Junio y Julio.


Desde la Viceconsejería de Justicia de Asturias nos trasladan los listados de los nombramientos y ceses que se han producido durante los meses de Junio y Julio en el Principado de Asturias.

 Nombramientos y ceses mes de Junio.

Nombramientos y ceses mes de Julio.

ÁMBITO MINISTERIO: Baremación concurso específico tercera fase Tribunales de Instancia.

 En la página Web del Ministerio se publican los baremos de méritos que se tendrán en cuenta en el concurso específico para la fase III de implantación de Tribunales de Instancia.

ÁMBITO MINISTERIO: Convocatoria libre designación fase III Tribunales de Instancia.

 Se ha publicado en el BOE la Orden PJC/826/2025, de 31 de julio, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo en el ámbito territorial gestionado por el Ministerio de Justicia por el sistema de libre designación, por la fase III de implantación de los Tribunales de Instancia.

Los interesados deberán presentar sus solicitudes, ajustadas al modelo que figura en el anexo II, en el plazo de quince días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria.

lunes, 4 de agosto de 2025

RPTs de Letrados AJ Comunidades transferidas tercera fase Tribunales de Instancia.

Resolución de31 de julio de 2025, de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se aprueba la relación de puestos de trabajo del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia de las oficinas generales del Registro Civil de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Resolución de31 de julio de 2025, de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se aprueba la relación de puestos de trabajo del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia de las oficinas generales del Registro Civil de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Resolución de31 de julio de 2025, de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia de las oficinas judiciales de los partidos judiciales de la Comunidad Autónoma de Aragón en que se constituirán los Tribunales de Instancia en fecha 31 de diciembre de 2025.

En el BOE de hoy se publican resoluciones por las que se publican las Relaciones depuestos de trabajo de Letrados de la Administración de Justicia de los Tribunales de Instancia que se constituirán el 31 de diciembre de 2025 en comunidades autónomas con las competencias transferidas.

Resolución de31 de julio de 2025, de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia de las oficinas judiciales de los partidos judiciales del Principado de Asturias en que se constituirán los Tribunales de Instancia en fecha 31 de diciembre de 2025.

Resolución de31 de julio de 2025, de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia de las oficinas judiciales de los partidos judiciales de la Comunidad Autónoma de Cantabria en que se constituirán los Tribunales de Instancia en fecha 31 de diciembre de 2025.

Resolución de31 de julio de 2025, de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia de las oficinas judiciales de los partidos judiciales de la Comunidad Autónoma de Galicia en que se constituirán los Tribunales de Instancia en fecha 31 de diciembre de 2025.

Resolución de31 de julio de 2025, de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia de las oficinas judiciales de los partidos judiciales de la Comunidad Autónoma de La Rioja en que se constituirán los Tribunales de Instancia en fecha 31 de diciembre de 2025.

Resolución de31 de julio de 2025, de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia de las oficinas judiciales de los partidos judiciales de la Comunidad Foral de Navarra en que se constituirán los Tribunales de Instancia en fecha 31 de diciembre de 2025.

Convocatoria concurso de traslados Facultativos INTCF.

En el BOE de hoy se publica la Orden PJC/840/2025, de 16 de julio, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Los interesados deberán presentar sus solicitudes, ajustadas el modelo que figura en el anexo II, dirigidas a la Subdirección General de Acceso y Promoción del Personal de la Administración de Justicia del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, en las que harán constar sus datos personales, puesto de trabajo actual y puesto/s solicitado/s, en el PLAZO DE DIEZ DÍAS HÁBILES contados desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOE.

Las solicitudes se presentarán únicamente a través del Registro Electrónico de la Administración General del Estado (https://reg.redsara.es), siendo imprescindible la acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT).


viernes, 1 de agosto de 2025

RPTs definitivas de los LAJ de Asturias para los Tribunales de Instancia de la Fase III

Desde el Ministerio de Justicia nos han remitido las Relaciones de puestos de trabajo (RPTs) de los Letrados de la Administración de Justicia de Asturias. En los documentos que se adjuntan figura cómo se van a distribuir los LAJ entre los distintos Servicios comunes, áreas y equipos, donde los haya, dentro del Tribunal de Instancia.

Asturias RPT fase III LAJ

jueves, 31 de julio de 2025

Facultativos INTCF: Aprobados 1º ejercicio y convocatoria del 2º.


En la página Web del Ministerio se publica el Acuerdo del Tribunal del turno libre de acceso al cuerpo especial de  Facultativos del INTCF, convocado por Orden PJC/1525/2024, por el que se p
ublica la relación de aspirantes que son consideradas aptas en el primer ejercicio por haber alcanzado el mínimo establecido para superarlo con indicación de la puntuación obtenida. 

Se informa a los opositores que el segundo ejercicio tendrá lugar el día 15 de noviembre a las 10,00 horas en el Centro de Estudios Jurídicos de Madrid.

Estabilización por concurso Ayudantes de Laboratorio del INTCF 2024: Aprobados proceso selectivo.

 En la página Web del Ministerio se publica el Acuerdo del Tribunal de proceso de estabilización por concurso reservado a personas con discapacidad, para el acceso al cuerpo especial de Ayudantes de laboratorio  del INTCF, convocado por Orden PJC/1354/2024, por el que se publica el listado de aspirantes que superan el proceso selectivo.

miércoles, 30 de julio de 2025

AMPLIACIÓN DEL PERMISO DE NACIMIENTO Y CUIDADO.

En BOE de 30 de julio se publica el Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, por el que se amplía el permiso de nacimiento y cuidado, mediante la modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo.

Se modifican las letras a), b), c) y g) del artículo 49 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre

Tanto el Permiso por nacimiento para la madre biológica como el Permiso por adopción, por guarda con fines de adopción, o acogimiento, tanto temporal como permanente y el Permiso del progenitor diferente de la madre biológica por nacimiento, guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción de un hijo o hija tendrán una duración de DIECINUEVE SEMANAS (En el supuesto de monoparentalidad, por existir una única persona progenitora, el permiso será de treinta y dos semanas).

Este permiso se ampliará para ambos progenitores en dos semanas más en el supuesto de discapacidad del hijo o hija y, por cada hijo o hija a partir del segundo en los supuestos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples, una para cada uno de los progenitores.

El permiso de cada uno de los progenitores por el cuidado de menor se distribuye de la siguiente manera:

1.º Seis semanas ininterrumpidas inmediatamente posteriores al nacimiento, la resolución judicial por la que se constituye la adopción o bien de la decisión administrativa de guarda con fines de adopción o de acogimiento, serán obligatorias y habrán de disfrutarse a jornada completa.

2.º Once semanas, veintidós en el caso de monoparentalidad, que podrán distribuirse a voluntad de aquellos, en períodos semanales a disfrutar de forma acumulada o interrumpida y ejercitarse desde la finalización del descanso obligatorio posterior al hecho causante dentro de los doce meses a contar o bien desde el nacimiento del hijo o hija, o bien desde la resolución judicial por la que se constituye la adopción o bien de la decisión administrativa de guarda con fines de adopción o de acogimiento.

3.º Dos semanas, cuatro en el caso de monoparentalidad, para el cuidado del menor que podrán distribuirse a voluntad de aquellos, en períodos semanales de forma acumulada o interrumpida hasta que el hijo o la hija cumpla los ocho años.

 

Permiso parental para el cuidado de hijo, hija o menor acogido por tiempo superior a un año, hasta el momento en que el menor cumpla ocho años.

Este permiso no tendrá carácter retribuido y tendrá una duración no superior a ocho semanas, continuas o discontinuas, podrá disfrutarse a tiempo completo, o en régimen de jornada a tiempo parcial, cuando las necesidades del servicio lo permitan y conforme a los términos que reglamentariamente se establezcan.

Este permiso, constituye un derecho individual de las personas progenitoras, adoptantes o acogedoras, hombres o mujeres, sin que pueda transferirse su ejercicio.

Cuando las necesidades del servicio lo permitan, corresponderá a la persona progenitora, adoptante o acogedora especificar la fecha de inicio y fin del disfrute o, en su caso, de los períodos de disfrute, debiendo comunicarlo a la Administración con una antelación de quince días y realizándose por semanas completas.

Cuando concurran en ambas personas progenitoras, adoptantes, o acogedoras, por el mismo sujeto y hecho causante, las circunstancias necesarias para tener derecho a este permiso en los que el disfrute del permiso parental en el período solicitado altere seriamente el correcto funcionamiento de la unidad de la administración en la que ambas presten servicios, esta podrá aplazar la concesión del permiso por un período razonable, justificándolo por escrito y después de haber ofrecido una alternativa de disfrute más flexible.

A efectos de lo dispuesto en este apartado, el término de madre biológica incluye también a las personas trans gestantes.

Disposición transitoria única. Aplicación a hechos causantes anteriores a la entrada en vigor.

La regulación introducida por el presente real decreto-ley en el artículo 48.4 y 5 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el artículo 49.a), b) y c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, respecto de la adición de las dos semanas, cuatro en el caso de monoparentalidad, de suspensión del contrato de trabajo o del permiso por nacimiento y cuidado de menor que se pueden disfrutar hasta que el menor cumpla los ocho años de edad, será de aplicación a los hechos causantes producidos a partir del 2 de agosto de 2024.

El disfrute de dichas semanas de suspensión de contrato de trabajo o del permiso por nacimiento y cuidado de menor, así como la prestación económica correspondiente, podrá solicitarse a partir del 1 de enero de 2026 y no requerirá un nuevo reconocimiento del derecho, siendo de aplicación la normativa reguladora del disfrute del periodo de descanso voluntario por nacimiento y cuidado de menor. 


EN RESUMEN: 

El permiso por nacimiento, que comprende el parto y el cuidado del meno, será de 19 semanas retribuidas.

De esas 19 SEMANAS:

17 SEMANAS hay que hacer uso de ellas hasta que el hijo cumpla los 12 meses; pasa de las actuales 16 a 17, y se aplica a todos los nacimientos que se produzcan desde la entrada en vigor del Real Decreto- Ley, esto es, desde el 31 de julio del 2025.

  De estas 17 semanas: 

  * Las 6 semanas inmediatamente posteriores al parto, serán ininterrumpidas obligatoriamente y habrán de disfrutarse a jornada completa.

    * Las 11 semanas (22 en caso de monoparentalidad), podrán disfrutarse a voluntad del progenitor y hasta que el hijo cumpla 12 meses. (Se podrán adelantar hasta 4 semanas antes de la fecha previsible del parto).



- Las otras 2 SEMANAS, se puede hacer uso de ellas hasta que el menor cumpla los 8 años. Se aplica con carácter retroactivo a los nacimientos ocurridos el 2 de agosto del 2024.

El disfrute de dichas semanas de suspensión de contrato de trabajo o del permiso por nacimiento y cuidado de menor, así como la prestación económica correspondiente, podrá solicitarse a partir del 1 de enero de 2026.

En realidad estas 2 semanas operan como el permiso parental, sin llegar a serlo, hasta que el menor cumpla los 8 años. Se puede hacer uso de ellas de forma flexible hasta que el menor cumpla ocho años o también se podrán juntar con las 17 del permiso por nacimiento y cuidado de hijo. 

Respecto de las 8 semanas de permiso parental siguen sir ser retribuidas. 


En el supuesto de monoparentalidad, el permiso será de treinta y dos semanas; de las 32 semanas, las que se pueden coger hasta que el menor cumpla los 8 años ( las que operan como si fuera un permiso parental) son 4.