Aunque algunos lo consideren "normal", para STAJ no es en absoluto "normal" que, sin haberse modificado lo mas mínimo el texto que regula esta cuestión desde hace años, nos encontremos con que este año para disfrutar permisos por asuntos particulares en enero debamos "justificar" no haberlos podido disfrutar antes por necesidades del servicio.
STAJ no tiene "compañeros" en la Dirección General de Justicia, nuestros "compañeros" trabajan en los Juzgados.
Aquél a quien algunos llaman el "nuevo compañero" de la Dirección General de Justicia nos ha comunicado verbalmente que el propio Director General de Justicia lo ha respaldado en esta forma de actuar, por eso resulta que el problema no ha surgido por su falta de competencia para tomar decisiones, sino porque la Admón. del Principado ha dado otra vuelta de tuerca a su postura autoritaria, haciendo una interpretación restrictiva de un texto que existe desde hace años y nunca antes se ha interpretado como ahora.
Por eso, reiteramos que quienes no os veáis condicionados por reservas de viajes, hoteles y similares, solicitéis los permisos por asuntos particulares con solo 4 días hábiles de antelación, y si no se os deniegan POR ESCRITO EN EL PLAZO DE 3 DIAS entendáis la solicitud como concedida, tal y como establece el propio calendario laboral que ellos (el Principado) han publicado. Además, todos aquéllos que solicitéis los días de enero a finales de diciembre, aunque en principio os sean denegados, podréis disfrutarlos finalmente en enero, ya que en ningún caso podréis perder esos días que legalmente os corresponden.
Adjuntamos a continuacion un breve resumen de la postura de STAJ Asturias:
Sobre el disfrute de asuntos particulares en enero