
Aunque en el siguiente enlace podéis acceder a dicha "circular", STAJ quiere aprovechar para dar nuevamente "máxima difusión" al hecho de que no tenemos por qué elaborar un cuadro conjunto todos los funcionarios de cada Organo Judicial para solicitar los días de asuntos particulares como si se tratara del plan anual de vacaciones. Podemos hacerlo o no hacerlo, según nos parezca y/o nos venga bien.
LO QUE SÍ DEBEMOS TENER MUY EN CUENTA ES que si se solicita el permiso por asuntos particulares con una antelación de 4 días hábiles al día de inicio de su disfrute, y en los 3 días siguientes no se recibe denegación expresa y motivada, la solicitud se entenderá concedida, y por tanto podemos disfrutar los días solicitados con total seguridad y tranquilidad.
También aprovechamos para dar "máxima difusión" al hecho de que, en este caso, las "denegaciones telefónicas" no están contempladas legalmente.
Circular remitida por la Dirección General de Justicia