
Quienes vayáis a optar por seguir en activo en el Cuerpo de Tramitación, y ser declarados en excedencia en el Cuerpo de Gestión, no será necesario que os desplacéis al nuevo destino. Unicamente debéis comunicar la opción elegida a la Admón. competente, dentro del plazo concedido para tomar posesión. Quienes vayáis a tomar posesión del nuevo destino adjudicado, podréis solicitar a la Admón. correspondiente a vuestro destino actual como Tramitadores un permiso de 1 día si vuestro destino no implica cambio de localidad, de 2 días si lo implica, o de hasta 3 días si habéis de desplazaros a Baleares, Canarias, Ceuta o Melilla. Estos días os serán descontados del mes de permiso a que tenéis derecho tras la toma de posesión, si ésta os supone un cambio de residencia, o de los 3 días hábiles a que tenéis derecho si la toma de posesión no implica cambio de residencia.
Destinos adjudicados aprobados de Gestión, turno de promoción interna
Orden que se publicará en el BOE del 22 de noviembre