
El viernes 2 de diciembre el Gobierno Central ha dictado el Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre (BOE de 3 de Diciembre) recogiendo nuevos recortes de derechos.
Por lo que toca específicamente a Justicia, y a la espera de la siguiente vuelta de tuerca, la novedad principal es que el Régimen de Clases Pasivas, que es el que se encarga de las pensiones de la generalidad de los funcionarios titulares, se ha declarado a extinguir desde el 1 de enero pasado.
Cabe aclarar lo siguiente, a la vista del texto de la norma y sin perjuicio de posteriores desarrollos legales:
- Desde el 1 de enero de 2011 los funcionarios de nuevo ingreso se incorporarán, en cuanto a pensiones, al régimen general de la Seguridad Social.
- El régimen de clases pasivas se mantiene para el personal que esté incluido en él a 31 de diciembre de 2010. Además, si en el futuro, y caso de que sea sin solución de continuidad, ingresan, cualquiera que sea el sistema de acceso, o reingresan, en otro Cuerpo que hubiera motivado, en dicha fecha, su encuadramiento en el Régimen de Clases Pasivas, continuarán incluidos en dicho régimen.
- No se producen cambios en cuanto a las Mutualidades, es decir, los funcionarios de nuevo ingreso también se integrarán en MUGEJU, aunque a efectos de pensiones queden integrados en el Régimen General de Seguridad Social.
- Obviamente, la modificación no afecta a los funcionarios interinos pues ya están integrados en el Régimen General de la Seguridad Social. Ni tampoco a la minoría de personal funcionario titular que esté en el mismo caso.