Aunque en teoría tenían que cobrarnos las tasas judiciales desde el pasado 22 de febrero de 2013, no se hacía porque no había formularios para ello (tras la modificación de la Ley de Tasas) , pero lamentablemente, el pasado sábado 30 de marzo, ya se publicó en el BOE la Orden que modifica la anterior HAP/2662/2012, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 696 de autoliquidación, y el modelo 695 de solicitud de devolución de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social y se determinan el lugar, forma, plazos y los procedimientos de presentación. A quienes iniciaron un pleito después del 22 de febrero, ya se les aplicó la nueva tasa, pero el pago quedaba pendiente de la publicación de los formularios. Tendrán ahora un plazo de quince días para pagarlas.