El pasado viernes el Consejo de Ministros aprobó la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de reforma de la Ley Hipotecaria y de la Ley del Catastro Inmobiliario a fin de facilitar el intercambio seguro de datos entre el Registro de la Propiedad y el Catastro y evitar, así, informaciones contradictorias e incompletas sobre un mismo bien inmueble. Aprovecha la norma para que "Notarios y registradores de la propiedad sean los responsables de los expedientes de inmatriculación de fincas, la rectificación de superficie, la incorporación de bases gráficas, el deslinde, la reanudación de tracto, la duplicidad de inscripciones y la liberación de cargas. De esta forma se evitará su tramitación ante los Tribunales, tal como hasta ahora sucedía con los conocidos expedientes de dominio para la inscripción de excesos de cabida y reanudación de tracto", según la referencia publicada "para así agilizar su tramitación y reducir costes" se lleva a cabo esta desjudicialización.
El Gobierno una vez más ha optado por registradores y notarios para tramitar todos aquellos expedientes de jurisdicción voluntaria que se están dejudicializando; primero los referentes a la navegación marítima a través de la Ley de Navegación Naval que se encuentra en el Senado, después la ley de jurisdicción voluntaria en trámites de informes, y ahora este proyecto que entrega unos procedimientos con gran contenido económico a registradores y notarios.
Lamentamos que una vez más se atribuya en exclusiva estos procedimientos a colectivos externos al ámbito de Juzgados y Tribunales, y que sin duda supondrán un incremento de coste para el ciudadano, así como a una reducción de competencias de los Juzgados, como el Registro Civil, Jurisdicción Voluntaria, los actos de comunicación y ejecución etc...