martes, 3 de marzo de 2015

La Justicia dice que no hay discriminación en el diferente trato en los descuentos por Incapacidad Temporal

STAJ interpuso Recurso Contencioso Administrativo contra la resolución en la que se establecen los descuentos que se producen en nómina en los casos de incapacidad temporal en el ámbito del Ministerio.
A día de hoy, existe un trato desigual entre los funcionarios de los Cuerpos de Auxilio, Tramitación y Gestión, y Secretarios Judiciales, con respecto a los miembros de la Carrera fiscal, que también dependen del Ministerio de Justicia. 
En el caso de los miembros de la Carrera fiscal, el catálogo de supuestos excluidos de descuento es más amplio que el que se aplica al resto de Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia (Secretarios, Gestión, Tramitación, Auxilio y Forenses, así como Cuerpos especiales de Toxicología y Ciencias Forenses), de ahí que STAJ interpusiera, a las pocas semanas de entrar en vigor la Resolución, el correspondiente Recurso por considerar que se trata de un trato desigual y discriminatorio, con el fin de lograr, al menos, el mismo trato que a los miembros de Ministerio Fiscal, sin que los tribunales nos hayan dado la razón.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado ya sentencia en el citado Recurso interpuesto por STAJ.
Recordemos que en esta materia, las Administraciones competentes pueden determinar en qué supuestos excepcionales de IT se abona el cien por cien de las retribuciones mediante un complemento que anula en la práctica el descuento que es obligatorio practicar durante los primeros veinte días de baja.
STAJ a pesar de todo seguirá luchando para la eliminación plena de los descuentos por Incapacidad Temporal, y así lo ha venido exigiendo desde el principio y lo sigue haciendo.