viernes, 24 de febrero de 2017

Tramitación P.A. y Gestión P.A. (promoción interna): Toma de posesión

En el BOE de hoy día 24 de febrero se ha publicado Orden JUS/140/2017, de 1 de febrero, por la que se nombran funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, acceso por promoción interna, a los aspirantes que superaron el proceso selectivo convocado por Orden JUS/2682/2015, de 1 de diciembre, y Orden JUS/142/2017, de 2 de febrero, por la que se nombran funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, acceso por promoción interna, a los aspirantes que superaron el proceso selectivo convocado por Orden JUS/2683/2015, de 1 de diciembre.

Asimismo, también se ha publicado las resoluciones donde se les concede destino un plazo de veinte días hábiles para tomar posesión a contar desde el siguiente a la publicación en el BOE 
Todos aquellos que queráis quedaros en excedencia en el Cuerpo de Tramitación P.A. o de Auxilio Judicial, es decir permanecer en vuestro puesto de origen , deberéis rellenar el ANEXO III, que figura en las distintas órdenes por las que se por la que se publica la relación de plazas a ofertar en distintos ámbitos (BOE 21-12-2017) y remitirlos a las direcciones que se os indican en el plazo de 4 días naturales siguientes a la publicación en el BOE de los nombramientos.En este caso, no es necesario que os trasladéis a tomar posesión.  

También os informamos del permiso que podéis disfrutar todos los que habéis promocionado a otro Cuerpo por el turno de promoción Interna y no vayais a permanecer en vuestro puesto de origen:

- El establecido en el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, en su artículo 35:.

"Los funcionarios de carrera en servicio activo o situación asimilada que accedan a un nuevo cuerpo por el sistema de promoción interna, tendrán derecho a partir de la toma de posesión al permiso retribuido que establece la disposición adicional quinta del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, o norma que en el futuro pudiere sustituirle para la Administración General del Estado."

Disposición adicional quinta del RD 364/1995:

"Los funcionarios de carrera en servicio activo o situación asimilada que accedan a un nuevo Cuerpo o Escala tendrán derecho, a partir de la toma de posesión, a un permiso retribuido de tres días hábiles si el destino no implica cambio de residencia del funcionario y de un mes si lo comporta".

DESTINOS GESTIÓN:


DESTINOS TRAMITACIÓN: