martes, 21 de agosto de 2018

Bolsa Interinos de Asturias. Modificación de las normas que regulan las bolsas para la inclusión del cupo de reserva

En el BOPA del día 16 se ha publicado la Resolución de 26 de julio de 2018, de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana, de primera modificación de la Resolución de 26 de noviembre de 2012, de la Consejería de Presidencia, por la que se establecen las normas de gestión de las bolsas de trabajo y la selección, propuesta y nombramiento de los funcionarios interinos de los Cuerpos Nacionales de Médicos Forenses, Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial al servicio de la Administración de Justicia en el ámbito territorial del Principado de Asturias.

Esta modificación tiene por objeto la inclusión de un cupo de reserva, y la actualización de la nomenclatura de los títulos requeridos para formar parte de las bolsas. 

Uno. Los apartados 1 y 3 del artículo 4 quedan redactados como sigue: “1. El número de integrantes de las bolsas estará constituido, respectivamente, por un 40% de la plantilla de los cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial y un 100% del cuerpo de Médicos Forenses del Principado de Asturias, más un 5% de los puestos de cada lista para personas con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33%, a la fecha de convocatoria para la renovación de cada bolsa. A los solos efectos de determinación de los porcentajes citados, en los mismos no se considerarán incluidas las personas que en el plazo de convocatoria se encuentren prestando servicios como funcionarios interinos de la Administración de Justicia en órganos judiciales en el ámbito de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. 

Se formará una bolsa de reserva para cada Cuerpo, constituida por un máximo del 60% de la bolsa principal, integrada por los aspirantes que, cumpliendo los requisitos generales y específicos, no hayan sido incluidos en la bolsa principal y que podrán ser nombrados cuando ésta se agote.” “

3. En el supuesto excepcional de que las bolsas de interinos contempladas en el apartado 1 se queden momentáneamente sin integrantes, siempre que reúna los requisitos del puesto ofertado y exista conformidad del aspirante, podrá efectuarse el llamamiento de componentes del resto de Bolsas de Funcionarios Interinos de la Administración de Justicia autonómica, ofreciéndose el nombramiento a los integrantes de la bolsa del cuerpo inmediatamente superior y, subsidiariamente, a los del cuerpo inmediatamente inferior. De no encontrarse aspirante que lo acepte, se solicitará de las Oficinas de los Servicios Públicos de Empleo.”

En cuanto a la convocatoria de la nueva Bolsa de interinos, la última información de la que disponemos es que la intención de la Dirección General de Justicia es convocarla en el mes de septiembre.
enlace a la resolución