miércoles, 31 de octubre de 2018

El Pleno del Congreso aprueba la modificación de los centros de destino

Tal como venimos informando desde hace días, la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que inicialmente únicamente iba a suponer la devolución de los días de permiso que aún faltaban por recuperar, ha incluido otras modificaciones que afectan negativamente a nuestras condiciones de trabajo, principalmente la unificación, en uno solo, de los centros de destino de cada municipio.

El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó ayer esta reforma, 31 de octubre, con 294 votos a favor (PP, PSOE, UNIDOS PODEMOS,PNV y varios del Grupo Mixto), 32 en contra (CIUDADANOS) y 14 abstenciones (ESQUERRA y varios del Grupo Mixto). Reforma que desde STAJ consideramos, y así se lo hemos hecho saber a todos los Grupos que votaron a favor, el mayor ataque a nuestras condiciones de trabajo en mucho tiempo, y que no estamos dispuestos a aceptar de ningún modo.


El Art. 521 modificado ayer establece:

A) párrafo 2º: “Se entenderá por centro de destino, el conjunto de los puestos que radiquen en el mismo municipio que estén servidos por funcionarios al servicio de la Administración de Justicia.”

C) “La asignación de los funcionarios a los puestos de trabajo incluidos en el mismo centro de destino se efectuará de acuerdo con criterios objetivos relacionados con las necesidades del servicio y las cargas de trabajo, con respeto a las condiciones económicas de los funcionarios y previa negociación con las organizaciones sindicales, en los términos que reglamentariamente se establezcan.”

Disposición final. Entrada en vigor. “La presente Ley entrará en vigor a los veInte días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, con excepción de:

- el apartado treinta y seis, en lo relativo al párrafo segundo de la letra A) del apartado 3 del art. 521 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio, del Poder Judicial, que entrará en vigor una vez aprobado el reglamento al que se remite la letra C) del apartado 3 de dicho artículo.”

No nos sirve que la modificación del Art. 521, donde se regulan los centros de destino, no vaya a entrar en vigor hasta que se apruebe el reglamento que lo desarrolle, porque, sea como sea, el Reglamento tendrá que respetar lo que dice la Ley, y ésta establece que se entiende por centro de destino el conjunto de los puestos de trabajo de un mismo municipio y, lo que es peor, que la asignación de los funcionarios a cada puesto se hará con arreglo a "criterios objetivos de carga de trabajo y necesidades del servicio". Eso, en la práctica,equivale a que desaparecerán los concursos de traslado para optar entre los diferentes puestos genéricos de un mismo municipio, ya que la asignación no dependerá de la voluntad de cada uno, sino del criterio discrecional de quien vaya a ser el órgano competente para esa asignación. Mucho tendremos que afinar en el Reglamento para que esto no sea así. 

Y esto es aplicable incluso a los Letrados de la Administración de Justicia, a quienes también afectará negativamente esta reforma, pues también ellos están sometidos a las mismas reglas de los centros de destino y también pueden ser asignados de acuerdo con esos criterios y no mediante concursos de traslado.

https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEge8wys1XoGQNlpwmsp5Vb5Gt0IIUw-yjUuI7m6DMQajA1UNkV0rWQzkP-s74MBdftQ48GA8cDYektnGa_0J8xwWrgi91r1gsIz7_uueMiXLSBRlS_GnX6XDXEWEyUK9zbPWbjmaeb7ae6D/s320/Doc1.jpg
Por ello, debemos parar esta reforma, que aún está pendiente de aprobación en el Senado.

Desde STAJ llamamos a la movilización de todos los funcionarios de Justicia, ahora más que nunca es necesaria la unión y la MOVILIZACIÓN DE TODOS.

¡NO NOS VAMOS A CALLAR!