jueves, 15 de noviembre de 2018

Resolución por la que se establecen los Servicios Mínimos Huelga día 16 de Noviembre

Nuevamente os acompañamos la resolución de servicios mínimos de la Huelga de mañana, que publicamos el martes. Enlace a la resolución 

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN por la que se establecen los servicios mínimos con motivo de la huelga convocada para el día 16 de NOVIEMBRE de 2018, en el ámbito de la Administración de Justicia
En la Administración de Justicia deben considerarse esenciales los siguientes servicios:

1.- Las actuaciones urgentes del Registro Civil. Si bien todas ellas se consideran servicio esencial, se entenderán de cumplimiento prioritario e inexcusable todas aquellas cuya naturaleza sea registral (naciomientos, defunciones, matrimonios)
2.- El Registro y Reparto de escritos iniciadores y escritos de trámite dirigidos a todos los órganos judiciales del partido judicial, dado que podría afectar a la tutela judicial efectiva, especialmente si se trata del vencimiento de un plazo preeestablecido en la ley.
3.-Todas aquellas actuaciones en las que venza un plazo preeestablecido en la Ley, cuyo incumplimiento puede suponer pérdida o perjuicio de derechos a los ciudadanos.
4.- Medidas cautelares o provisionales urgentes en materia de familia, violencia sobre la mujer, libertad provisional, entre otras.
5.- Servicios de Guardia de Juzgados, Fiscalías e IML de Asturias.
6.-Juicios orales de orden penal en causas con preso.

A)    Personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia

1º. Tribunales

Un funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o un funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa que presten servicios en cada una de las Salas y, en su caso, Secciones del Tribunal Superior de Justicia y de la Audiencia Provincial, y un funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial para las tres Salas del Tribunal Superior de Justicia; cuatro para las ocho Secciones de la Audiencia Provincial, dos para las Secciones con sede en Oviedo y, dos para las Secciones con sede en Gijón. Un funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal o un funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal para la Secretaría de Gobierno.

2º. Juzgados

Con excepción de los Juzgados que actúen de guardia, que habrán de contar con toda la dotación de personal que efectúa el servicio de guardia habitualmente, en los órganos que se especifican a continuación, se consideran servicios mínimos los funcionarios siguientes:

- Juzgados de Primera Instancia e Instrucción: Los juzgados de guardia tendrán que contar con toda la dotación del personal que efectúa el servicio de guardia habitualmente (Llanes, Cangas de Onis, Piloña, Villaviciosa, Luarca, Castropol, Cangas del Narcea, Tineo, Pravia).
En el resto de juzgados:
– En localidades con 2 juzgados: 1 gestor y 1 tramitador por juzgado, y 1 auxilio compartido con el juzgado de guardia (Lena, Laviana, Grado).
– En localidades con 3 juzgados: 1 gestor y 1 tramitador por juzgado y 1 auxilio compartido para los 2 juzgados que no estén de guardia (Langreo, Mieres).
– En localidades con 4 o más juzgados: 1 gestor y 1 tramitador por juzgado y 1 auxilio para cada 3 juzgados que no estén de guardia (Siero, Avilés).

- Juzgados de Primera Instancia: un funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal o uno de Tramitación Procesal y, por cada tres Juzgados, uno de Auxilio Judicial.

- Juzgados de Instrucción: un funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal o uno de Tramitación Procesal y, por cada cinco Juzgados (o menos si fuera el caso), uno de Auxilio Judicial.

- Juzgados de lo Penal: un funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal, uno de Tramitación Procesal y uno de Auxilio Judicial.

- Juzgados de lo Contencioso-Administrativo: un funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal o uno de Tramitación Procesal en cada uno y uno de Auxilio Judicial por cada tres Juzgados (o menos si fuera el caso).

- Juzgados de lo Social: un funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal o uno de Tramitación Procesal en cada uno, y dos de Auxilio Judicial para los seis Juzgados de Oviedo, dos para los de Gijón y uno para los dos Juzgados de lo Social de Avilés y uno para Mieres.

- Juzgados de lo Mercantil: un funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal o uno de Tramitación Procesal y, uno de Auxilio Judicial para los dos Juzgados nº 1 y 2 de Oviedo y uno de Gestión Procesal o de Tramitación Procesal y uno de Auxilio Judicial para el Juzgado nº 3 con sede en Gijón.

- Juzgado de Vigilancia Penitenciaria: un funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal, uno de Tramitación Procesal y uno de Auxilio Judicial.

- Juzgados de Violencia sobre la Mujer: un funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal, uno de Tramitación Procesal y uno de Auxilio Judicial.

- Juzgado de Menores: un funcionario.

- Juzgados de Primera Instancia con funciones adscritas de Registro Civil: un funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal, uno de Tramitación Procesal y uno de Auxilio Judicial.


3º. Servicios

- Decanatos de los Juzgados: un funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal, uno de Tramitación Procesal y uno de Auxilio Judicial.

- Servicios Comunes de Actos de Comunicación y Ejecución: un funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal, uno de Tramitación Procesal y uno de Auxilio Judicial.

- Servicio de Registro y Reparto de la Audiencia Provincial y Servicios comunes de Registro y Reparto en los partidos judiciales en que esté determinado (constando la designación de un refuerzo –Siero, Langreo y Mieres-): un funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal.

- Oficina de Atención a las Víctimas: un funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal.

4º. Juzgados y Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz

- Un funcionario por cada uno de los Juzgados y Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz.

5º. Órganos del Ministerio Fiscal

Con excepción de las Fiscalías que actúen de guardia, que habrán de contar con toda la dotación de personal que efectúa el servicio de guardia habitualmente, en los órganos que se especifican a continuación, se consideran servicios mínimos los funcionarios siguientes:

- Fiscalía Superior del Principado de Asturias: un funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal, dos funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y un funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial.
- En la Fiscalía de Área de Gijón: un funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y un funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal.
- En las Secciones Territoriales de Avilés y Langreo: un funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal o un funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal.
- En la Fiscalía de Menores: dos funcionarios de los cuerpos de Gestión Procesal, Tramitación Procesal o Auxilio Judicial.

6º. Instituto de Medicina Legal de Asturias

-          Los servicios mínimos serán cubiertos por los médicos forenses y funcionarios de los Cuerpos de Gestión y Tramitación Procesal y Administrativa y de Auxilio Judicial en servicio de guardia.


B)    Personal Laboral que presta servicios en los órganos o servicios judiciales

1º. Oficiales de autopsia: Un oficial de autopsia en el Instituto de Medicina Legal de Asturias.

JUSTIFICACIÓN: Necesidad de atender situaciones urgentes y/o esenciales el día de la huelga que requieran el apoyo mínimo imprescindible a los médicos forenses de personal de la citada categoría profesional

2º Ordenanzas:
-          Uno en la Audiencia Provincial
-          Uno en el Tribunal Superior de Justicia
-          Uno en Juzgados/Decanato de Gijón

JUSTIFICACIÓN: Necesidad de atender situaciones urgentes y/o esenciales el día de la huelga que requiera el apoyo mínimo imprescindible a los respectivos órganos y sedes judiciales de personal de la citada categoría profesional

3º Vigilantes:
-          Dos en Oviedo (uno en cada edificio del TSJ)

JUSTIFICACIÓN: Necesidad de atender situaciones de control de accesos y seguridad de los edificios el día de la huelga

4º Equipo Técnico adscrito al Juzgado de Menores: El miembro del equipo técnico que realice funciones de guardia.