lunes, 3 de diciembre de 2018

Los días de Asuntos Particulares de 2018 podrán disfrutarse hasta el 31 de Enero de 2019

Dadas las fechas en las que nos encontramos y sin tener información concreta de hasta cuándo se pueden disfrutar los Asuntos particulares de este año, desde STAJ hemos pedido nuevamente a la Dirección General de Justicia, que nos informen sobre el plazo límite para disfrutar los Asuntos Particulares correspondientes a 2018, ya que como bien sabéis según el Decreto 72/13, las vacaciones y los días de asuntos particulares se pueden disfrutar hasta el 31 de diciembre del año en curso.

Todos los años, se dicta una instrucción para ampliar dichos plazos, sin que el hasta día de la fecha se haya publicado.

Por ello hemos reiterado a la DGJ que nos facilite a la mayor brevedad posible dicha información, para que todos los compañeros tengan conocimiento con antelación suficiente, de los plazos para el disfrute de esos días.

Hoy mismo desde la Dirección General nos han dado traslado de la Instrucción de 4 de Septiembre por la que se aprueban las instrucciones sobre el régimen de vacaciones, permisos y otros aspectos relativos a las condiciones de trabajo del personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias y de sus organismos y entes públicos, la cual en el art. 8.7 establece lo siguiente:

8.7. Permiso por asuntos particulares. 

1. La concesión de este permiso únicamente viene condicionada por las necesidades del servicio.  

2. El personal podrá distribuir estos días de permiso a lo largo del año en los términos previstos en el apartado siguiente, respetando siempre las necesidades del servicio. 

3. Los días de asuntos particulares podrán disfrutarse hasta el día 31 del mes de enero del año siguiente a aquél en el que se han generado. Si por necesidades del servicio debidamente motivadas no se pudiesen disfrutar los días de asuntos particulares dentro del año natural, se considerará hábil a estos efectos el primer trimestre del año siguiente. 

4. En el caso de que el personal no haga voluntariamente uso de este permiso antes de la fecha señalada, se entenderá que ha decaído en su derecho a disfrutar de los días de permiso con cargo al año en curso. 

5. Los días de permiso por asuntos particulares se devengarán por año completo trabajado o parte proporcional en función del tiempo de servicios prestados a lo largo del año, redondeando al alza las fracciones iguales o superiores a medio día, siempre que se haya generado el derecho al disfrute del primer día.

Este año 2018 nos corresponden 7 días por Asuntos Particulares, con independencia de la restitución, aún pendiente de aprobación mediante la reforma de la LOPJ.