lunes, 21 de enero de 2019

STAJ reclama la modificación de la Instrucción sobre el disfrute de los asuntos particulares


Como ya sabéis el pasado 14 de enero se publicó por la Dirección General de Justicia la Instrucción sobre el disfrute de asuntos particulares tras la reforma del art. 503.1 de la LOPJ. 

El punto segundo de la misma, en relación a los 9 días de asuntos particulares correspondientes al año 2019, establece lo siguiente:

"Tales días no podrán acumularse en ningún caso a los períodos de vacaciones anuales, ni siquiera a los cinco días de vacaciones que se disfruten de forma independiente."

Sin embargo, el Ministerio de Justicia ha dado traslado al sindicato STAJ de la resolución de fecha 17 de Enero de 2019, por la que nos comunica que en lo relativo al "disfrute de los días de permiso por asuntos particulares del año 2019 y sucesivos" establece lo siguiente:
  
   - No podrán acumularse a los períodos de vacaciones anuales que no se disfruten de forma independiente.

            - Podrán acumularse a los siete días de vacaciones que se disfruten de forma independiente.

Desde STAJ, consideramos que a la vista de la interpretación efectuada por el Ministerio de Justicia en cuanto al art. 503.1 de la LOPJ, procede la modificación y rectificación de la Instrucción de fecha 14 de enero de 2019 de la DGJ de Asturias, a fin de permitir la acumulación de los días de asuntos particulares del año 2019 y sucesivos, a los días de vacaciones que se disfruten de forma independiente (que en Asturias son 5 días).

Todo ello en aras de conseguir una aplicación homogénea, ya que de lo contrario, se produciría una disparidad de interpretaciones del referido artículo, que cuanto menos rompería el principio de igualdad, resultando como perjudicados respecto el disfrute de los mencionados días, los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia destinados en el ámbito transferido del Principado de Asturias.