En la PÁGINA MINISTERIO DE JUSTICIA se ha colgado el texto de la Orden de 31-01-2019 por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslados ordinario de los cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial 2018.
Fecha de la Orden: 31-1-2019
Fecha de publicación prevista en el BOE: 19-2-2019
Fecha de cese Tramitación: 22-2-2019
Fecha de cese Gestión y Auxilio: 26-2-2019
La toma de posesión del nuevo destino obtenido por concurso, se producirá en los tres días hábiles siguientes al cese, si no hay
cambio de localidad del funcionario, o en los ocho días hábiles siguientes si implica cambio de
localidad dentro de la Comunidad Autónoma, y veinte días hábiles siguientes si implica cambio de
Comunidad Autónoma, con excepción de la Comunidad Autónoma de Canarias, Comunidad
Autónoma de Iles Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla, en que será en el mes siguiente,
tanto si el puesto de trabajo en las islas o en las ciudades es el de origen como si es el de destino.
En caso de reingreso al servicio activo a la Administración de Justicia en los
Cuerpos o Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa o
Auxilio Judicial, procedentes desde las situaciones administrativas de excedencia voluntaria por
prestación de servicios en el sector público, excedencia voluntaria por interés particular, excedencia
voluntaria por agrupación familiar o suspensión de funciones, incluyéndose en este punto a los
funcionarios que se encuentren adscritos provisionales, el plazo posesorio será de veinte días
hábiles y deberá de computarse desde el día de la publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial
del Estado". Este plazo posesorio no será retribuido.
En el caso de que los funcionarios reingresados por medio del presente concurso se
encontraran adscritos provisionales en el Cuerpo o Escala donde reingresan o en activo en otro
Cuerpo o Escala de la Administración de Justicia y no quisieran que se interrumpiera su relación de
servicio con la Administración de Justicia, bastará con que, dentro del plazo posesorio de veinte
días hábiles tomen posesión en el nuevo Cuerpo o Escala, teniéndolos por cesados en su antiguo
destino con la fecha inmediatamente anterior a la de su posesión en la nueva plaza de reingreso.
Para ello, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de
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posesión, podrán solicitar a la Gerencia Territorial de Justicia de su actual destino, un permiso
retribuido de dos días hábiles si hay cambio de localidad, salvo aquellos casos que hayan de
desplazarse a Canarias, Islas Baleares o Ceuta y Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta
tres días hábiles, debiendo disfrutarse, en cualquier caso, dentro del plazo posesorio. La toma de
posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados