En el BOE del lunes se publicó el Acuerdo de 18 de diciembre de 2019, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se atribuye a determinados juzgados, con competencia territorial indicada para cada uno de los casos, de manera exclusiva y excluyente o no excluyente, según los casos, el conocimiento de la materia relativa a las acciones individuales sobre condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física.
En el Principado de Asturias la atribución es la siguiente:
– Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Oviedo, de manera exclusiva y excluyente, para el período de 1 de enero a 30 de junio de 2020