En esta entrada os dejamos copia del correo remitido ayer por la tarde al Secretario General de Innovación, el Ministerio de Justicia debe tomar medidas mucho más restrictivas y disminuir el personal presencial de forma urgente.
Este Ministro de Justicia está actuando con medidas insuficientes y tardías. Los funcionarios de la administración de justicia estamos desprotegidos y con ello estamos colaborando a la transmisión del virus, que es lo que se debe evitar a toda costa.
Buenos tardes, en vista del crecimiento de la expansión del COVID-19, no podemos esperar al viernes y nos vemos obligados a exigir que con carácter urgente se dicten nuevos servicios esenciales, respetando el servicio público, pero teniendo en cuenta las directrices del estado de Alarma.
Hemos vivido situaciones inaceptables ayer lunes, como ya le trasladamos, en varios juzgados y tribunales. No dudamos que no se va a repetir por lo que es imprescindible y urgente mejorar la gestión.
El único fin es preservar la salud de los funcionarios y de los ciudadanos, estamos convencidos de que se puede atender perfectamente el servicio de la justicia, reduciendo el personal presencial en las sedes judiciales y cumpliendo con las normas del estado de Alarma.
Tras la aprobación del RD de Estado de Alarma, por el que se reducen las actuaciones judiciales a la mínima expresión (servicios de guardia, actuaciones urgentes de Registro Civil y algunas más relativas a la protección de derechos fundamentales), con suspensión de los plazos procesales, desde STAJ tenemos que insistir en la reducción de los servicios esenciales presenciales, declarados por la resolución del Secretario de Estado
Por lo que respecta a las actuaciones que no constituyen el servicio de guardia, en la mayoría de los casos no requieren la presencia física efectiva y permanente de ningún funcionario durante la jornada laboral, sin perjuicio de que deban ser atendidas para lo cual es suficiente que los funcionarios estén en situación de continua localización y disponibilidad.
Ello sin perjuicio de que en los edificios judiciales deba permanecer un personal mínimo precisamente para la recepción de las denuncias o comunicaciones que den lugar a esas actuaciones. De hecho, para el cuerpo de Letrados Judiciales así lo ha considerado el Ministerio, destinando a ello un número muy reducido de efectivos (uno por cada cinco, ocho o diez juzgados, según los tipos de órganos, con la salvedad de los Juzgados Únicos en los que al menos en Asturias, están todos designados como servicios esenciales ), a los que además les permite el “teletrabajo”. Nos parece positivo reducir la presencia en las sedes judiciales de LAJ y también debe reducirse de los funcionarios de cuerpos especiales y generales.
Por que respecta a los funcionarios de los cuerpos generales de la Administración de Justicia, el número de efectivos que ha determinado el Ministerio que atienda los servicios, de forma presencial y permanente en horario de jornada laboral, es de un funcionario por cada juzgado y en muchos dos por juzgado, con independencia de si ese juzgado ha de realizar o no actuaciones urgentes e inaplazables. Es más, con toda probabilidad no tendrá que realizar ninguna de estas actuaciones, porque rara vez se dan.
Por ejemplo , carece de sentido que haya un funcionario en cada una de las secciones de lo contencioso administrativo de la Audiencia Nacional, o de los Tribunales Superiores de Justicia, o en cada juzgado de primera instancia o de lo social, etc, etc. Ello provoca que cientos de funcionarios tengan que acudir a sus puestos de trabajo, para estar allí cruzados de brazos porque prácticamente ninguna de sus competencias está catalogada en el RD y por el Consejo General del Poder Judicial como servicios esenciales durante el estado de alarma.
Se está informando que 1 persona puede contagiar a 3 o mas y así se sigue la cadena y se aumenta el riesgo de contagios, tendiendo en cuenta que se desplazan en servicio público en la mayoría de los casos, y en especial en Madrid, donde la situación es mas grave.
Más allá de los servicios de guardia y los órganos con competencias penales, para atender eventualmente actuaciones urgentes e inaplazables de causas con preso, en el resto de órganos judiciales sería más que suficiente con que el personal estuviese en condiciones de continua localización y disponibilidad, por si fuese necesario acudir a realizar alguna actuación urgente e inaplazable, bastante poco probable.
A ello se une que en los centros de trabajo las medidas de prevención son INEXISTENTES y los equipos de protección individual los tienen que buscar los funcionarios por su cuenta, a lo que se une una limpieza poco adecuada, en muchos edificios judiciales.
No vamos a entrar que esta orden ha sido dictada unilateralmente y ni siquiera comunicada por si podíamos aportar mejoras a la misma, ya que lo importante es mejorarla, para parar esta expansión del virus.
Esperemos que el compromiso dado por el Secretario General de dialogo y coordinación con los sindicatos que representamos al colectivo mas grande de justicia se cumpla sin duda, y lo esperamos en beneficio de todos para estar unidos el objetivo único de luchar y terminar con el covid-19.
Esperamos que tomen en consideración nuestra petición estamos obligados a evitar contagios tal y como nos exige el Gobierno de la Nación y todo el colectivo de Sanidad.
Todos tenemos la obligación de no propagar el virus y el Ministro de Justicia tiene la obligación de agilizar las medidas y recortes de personal presencial en Justicia.
Reiteramos nuestra colaboración en cualquier momento, un saludo.