STAJ manifestó el día 12 de abril por escrito su frontal oposición a la nueva resolución del Ministerio, y así lo reiteramos frente a la Resolución de servicios mínimos que nos ha remitido la Viceconsejería de Justicia de Asturias, dado que no es más que una reproducción de la aprobada ayer por el Ministerio con ciertas matizaciones, tendentes a incrementar la presencia de personal en todos los órganos judiciales durante la pandemia, desoyendo con ello las indicaciones de los expertos sanitarios y contradiciendo las palabras del mismísimo presidente del gobierno, que en rueda de prensa manifestó que aún no estamos en fase de “desescalado”, por lo que el confinamiento continúa.
En cuanto a las dudas y consultas que nos habéis remitido algunos compañeros sobre la citada Resolución de servicios mínimos, hemos dado traslado de las mismas a la Administración a lo que nos han respondido los siguiente:
"La resolución literal establece lo siguiente:
Modalidad de trabajo presencial por turnos: el personal contemplado en el anexo de esta resolución prestará el servicio público en un régimen de turnos que serán establecidos de conformidad con lo ya fijado en la Resolución de la Consejera de Presidencia, de 16 de marzo de 2020, por la que se determinan los servicios esenciales en la Administración de Justicia de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.
La cobertura de estos servicios se realizará mediante turnos rotatorios diarios entre los funcionarios integrantes de la plantilla de cada órgano, en el que se seguirá el orden alfabético de sus apellidos, comenzando por la letra A, salvo que exista acuerdo interno en el órgano afectado.
En el supuesto de que se determine la necesaria presencia de un funcionario para varios juzgados, comenzará el turno por los juzgados con el número 1 y los demás de forma sucesiva.
Si el servicio no quedase atendido de esta forma, se designará a los funcionarios de los distintos turnos por los Fiscales-Jefes, Letrados de la Administración de Justicia y Director del IMLCF."
Si el servicio no quedase atendido de esta forma, se designará a los funcionarios de los distintos turnos por los Fiscales-Jefes, Letrados de la Administración de Justicia y Director del IMLCF."
Además la Administración nos traslada que:
Dado que en Oviedo hay 11 instancias, deberán ir 3 funcionarios del Cuerpo de Auxilio ( la resolución del Ministerio indica que en aquellos casos en que el resultado no sea un número entero, se redondeará al superior). En defecto de acuerdo, la manera de organizarse es flexible: comenzará el turno por los Juzgados con el número 1 (tienen que ir 3). Por ejemplo, podrán ir el del 1 (para 1, 2, 3 y 4), el del 5 (para 5, 6, 7 y 8) el del 9 (para 9, 10 y 11).
Dado que en Oviedo hay 11 instancias, deberán ir 3 funcionarios del Cuerpo de Auxilio ( la resolución del Ministerio indica que en aquellos casos en que el resultado no sea un número entero, se redondeará al superior). En defecto de acuerdo, la manera de organizarse es flexible: comenzará el turno por los Juzgados con el número 1 (tienen que ir 3). Por ejemplo, podrán ir el del 1 (para 1, 2, 3 y 4), el del 5 (para 5, 6, 7 y 8) el del 9 (para 9, 10 y 11).
En todo caso es un ejemplo, pues habrá que atender a los que efectivamente estén disponibles para ir y no tengan deber inexcusable o patología reconocida que se lo impida. Si el servicio no queda atendido de esta manera, serán los Letrados, Fiscales… los que designen.
Para los Mercantiles, igualmente la resolución habla de un funcionario de Auxilio Judicial por cada 4 juzgados del mismo orden jurisdiccional, por tanto deberá acudir un auxilio para los dos mercantiles de Oviedo y uno para el de Gijón, siempre de ser posible, atendiendo a la dotación que efectivamente este disponible.
Tened en cuenta que estas cuestiones irán perfilándose a lo largo de las próximas semanas en las distintas comisiones de seguimiento, cuyo resultado se os comunicará oportunamente."
Por otra parte, desde STAJ manifestamos que, aunque es obligación del Ministerio y el Principado dotar a todos los funcionarios de equipos de protección individual, lo cierto es que el suministro de estos equipos sigue siendo desigual y en muchos casos deficiente, por lo que el incremento de la presencia de funcionarios no debería realizarse sin la garantía plena de este suministro puntual y suficientemente a todas las sedes judiciales, tal y como seguimos exigiendo reiteradamente ante la pasividad y negativa a convocar el Comité de Seguridad y Salud, cuya convocatoria STAJ ya solicitó el 27 de febrero, -pincha aquí- y en reiteradas ocasiones a la vista del incumplimiento por parte de la Administración del Art. 14.1 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Ante esta situación de inseguridad que se puede generar por la falta de medios, desde STAJ os invitamos a que nos comuniquéis la falta de dicho material en todas las sedes judiciales en las que se carezca de dichos medios, a través del correo stajasturias@gmail.com, con el fin de poder realizar un seguimiento de las posibles consecuencias de esta imposición sin ningún tipo de respeto por la salud de los trabajadores.
Os adjuntamos el enlace al Protocolo de distribución y reparto y medidas de prevención de contagio de covid-19.
-pincha aquí-
Protocolo de distribución y reparto. Medidas de prevención contra covid-19.
Ante esta situación de inseguridad que se puede generar por la falta de medios, desde STAJ os invitamos a que nos comuniquéis la falta de dicho material en todas las sedes judiciales en las que se carezca de dichos medios, a través del correo stajasturias@gmail.com, con el fin de poder realizar un seguimiento de las posibles consecuencias de esta imposición sin ningún tipo de respeto por la salud de los trabajadores.
Os adjuntamos el enlace al Protocolo de distribución y reparto y medidas de prevención de contagio de covid-19.
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Protocolo de distribución y reparto. Medidas de prevención contra covid-19.