miércoles, 6 de julio de 2022

Reunión de la Mesa Sectorial de Personal de Justicia 06/07/2022: Modificación de la bolsa de interinos de Asturias.

En el día de hoy ha tenido lugar reunión con Función Pública y la Jefa del Servicio de Relaciones con la Administración de Justicia, a fin de votar sobre la Propuesta de  Resolución de la Consejería de Presidencia, de segunda modificación de la Resolución de 26 de noviembre de 2012, de la Consejería de Presidencia, por la que se establecen las normas de gestión de las bolsas de trabajo y la selección, propuesta y nombramiento de los funcionarios interinos de los cuerpos nacionales de Médicos Forenses, Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial al servicio de la Administración de Justicia en el ámbito territorial del Principado de Asturias.

Como ya os hemos adelantado, el borrador sometido a votación recoge algunas de las propuestas presentadas por STAJ: 

- Se incluye un cupo de reserva sin tope, sin la limitación del 60% que se contemplaba en la anterior bolsa, formado por todos los integrantes que cumplan los requisitos generales y específicos. 

- Se formará un listado con todos aquellos aspirantes que, habiendo obtenido una baremación positiva, no hayan sido incluidos en la bolsa ni en la bolsa de reserva por carecer de alguno de los requisitos generales relacionados en el artículo 5.2.h).

- En el caso de no encontrarse aspirantes disponibles en las bolsas y listados anteriores, se solicitará un listado de aspirantes de las Oficinas de los Servicios Públicos de Empleo, que deberá gestionarse conforme a las normas generales de la bolsa.


Por tanto, la Bolsa establecerá que el número de integrantes estará constituido, respectivamente, por un 40% de la plantilla de los cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial y un 100% del cuerpo de Médicos Forenses del Principado de Asturias, más un 7% de los puestos de cada lista para personas con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33%, a la fecha de convocatoria para la renovación de cada bolsa.

Se formará una bolsa de reserva para cada Cuerpo, integrada por los aspirantes que, cumpliendo los requisitos generales y específicos, no hayan sido incluidos en la bolsa principal y que podrán ser nombradas cuando esta se agote.

En el supuesto excepcional de que las bolsas de interinos contempladas en el apartado 1 queden momentáneamente sin integrantes, siempre que reúna los requisitos del puesto ofertado y exista conformidad del aspirante, podrá efectuarse el llamamiento de componentes del resto de Bolsas de Funcionarios Interinos de la Administración de Justicia autonómica, ofreciéndose el nombramiento a los integrantes de la bolsa del cuerpo inmediatamente superior y, subsidiariamente, a los del cuerpo inmediatamente inferior.

Se conformará asimismo un listado de aquellos aspirantes que, habiendo obtenido una baremación positiva, no hayan sido incluidos en la bolsa ni en la bolsa de reserva por carecer de alguno de los requisitos generales relacionados en el artículo 5.2.h), para su llamamiento en caso de no encontrar aspirante disponible con los anteriores criterios.

De no encontrarse aspirantes disponibles en las bolsas y listados anteriores, se solicitará un listado de aspirantes de las Oficinas de los Servicios Públicos de Empleo, que deberá gestionarse conforme a las normas generales de la bolsa.


- Respecto al cese de interinosse incluye una aclaración en cuanto al cese del personal interino hasta que entren en funcionamiento las RPT's.

La propuesta presentada establece que "el cese de los funcionarios interinos se producirá cuando concurra alguno de los siguientes supuestos:

a) Cuando se provea definitivamente la vacante, se incorpore efectivamente el titular de la plaza o se provea temporalmente el puesto de trabajo por otro funcionario de carrera de acuerdo con los procedimientos de provisión legalmente establecidos.

b) Por falta o falsedad inicial o sobrevenida de alguno de los requisitos exigidos o circunstancias alegadas en su solicitud de inclusión en la bolsa de trabajo.

c) Por sanción disciplinaria muy grave consistente en separación del servicio.

d) Por cumplir la edad de jubilación establecida en la LOPJ o de los períodos de prórroga, en su caso.

e) Por renuncia del interesado.

f) Por finalización de las necesidades que motivaron el nombramiento.

g) Por supresión de la plaza desempeñada.

h) Por finalización del período para el que fue nombrado.

i) Por no superar el período de prácticas.

j) Por manifiesta falta de capacidad para el desempeño del puesto de trabajo. Se incoará procedimiento a fin de determinar la falta de capacidad del funcionario interino".

La  Viceconsejería prevé publicar la modificación en el BOPA para la segunda quincena de Septiembre. La convocatoria de la Bolsa  de Interinos sería para finales de Septiembre. Su intención, si se cumplen los plazos, es que la nueva bolsa entre en funcionamiento para primeros del próximo año 2023.