En respuesta al escrito presentado por STAJ, el pasado 15 de Febrero, relativo al disfrute de la jornada reducida en Avilés, la Viceconsejeria nos ha contestado declinando la posibilidad de que se aplique la misma al Antroxu.
Para ello, fundamentan en que de la resolución de 5 de mayo de 2022, de la Consejeria de Industria, por la que aprueba las fiestas locales para el año 2023 e Asturias, ha fijado como festivos locales en Avilés el 10 de abril y el 28 de Agosto, sin que el martes 21 día de carnaval se encuentre entre ellas.
Os adjuntamos copia de su contenido
—Jornada reducida por fiestas locales.
"Con motivo de las fiestas grandes de las localidades cabeza de partido judicial y sedes de los Juzgados de Paz de más de 7.000 habitantes y de las Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz, durante la semana de celebración de las mismas se establece una jornada de trabajo reducida durante un máximo de cinco días al año, debiendo cumplirse el horario de 09.00 a 14.00 horas.
Está por ello, vinculada la semana de disfrute de la jornada reducida a la existencia de una fiesta de la localidad.
Este año 2023, la Resolución de 5 de mayo de 2022 de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, por la que se aprueba el Calendario de Fiestas Locales para el año 2023 en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. (BOPA nº 97, de 23/V/2022), fija en Avilés dos festivos locales: 10 de abril y 28 de agosto.
En el año 2022, por el contrario, la Resolución de la Consejería de Industria correspondiente, sí estableció la fiesta de 1 de marzo como martes de Carnaval, pero no ha sido así este año, y estamos, como os comento, vinculados a que un día de la semana sea fiesta local.
Únicamente os mando este correo para que conozcáis las razones de no variar el criterio que se siguió, dado que no existe ningún animo de causar ningún tipo de perjuicio, sino exclusivamente de aplicar la norma en función de las fiestas locales."
