En el día de hoy se ha celebrado Mesa Sectorial de Negociación de la Administración de Justicia entre el Director General de Función Pública, la Viceconsejería de Justicia, STAJ y las organizaciones sindicales representativas en Justicia CSIF, USIPA, CCOO y UGT, cuyo Orden del día fue el siguiente:
-Expediente de aprobación de las RPT's de las oficinas judiciales correspondientes a los partidos judiciales que se convertirán en Tribunales de Instancia el día 1 de julio de 2025.
La reunión comenzó con una breve intervención del Director General de Función Pública sobre el origen de estos expedientes administrativos fundados en la Ley Orgánica 1/2025 de Medidas en materia de Eficiencia del Sector Público de la Justicia, lo que en esta primera fase conllevará la trasformación de los 13 Partidos Judiciales actuales en Tribunales de Instancia. El resto de Órganos Judiciales de Asturias se encuadran en la tercera fase y entrarán funcionamiento el próximo 31 de diciembre de 2025.
A continuación interviene la Viceconsejera de Justicia, exponiendo que las RPT's parten de los modelos aprobados en las Conferencias Sectoriales de Justicia. En esta primera fase, tomarán como referencia el modelo A-1, salvo en Siero, donde se aplicará el modelo A-2, con un equipo de ejecución diferenciado y con 2 Jefaturas de equipo, 1 Gestor Procesal y 1 Auxilio Judicial.
Propuesta de Resolución por la que se aprueba la Relación de Puestos de Trabajo del personal al servicio de la Administración de Justicia en las Oficinas de Justicia en los municipios y en las Agrupaciones de Oficinas de Justicia en los municipios de los partidos judiciales del Principado de Asturias que se constituirán en Tribunales de Instancia en fecha 1 de julio de 2025 y de la Relación de Puestos de Trabajo en las Oficinas de Justicia en los municipios y en las Agrupaciones de Oficinas de Justicia en los municipios de los partidos judiciales del Principado de Asturias que se constituirán en Tribunales de Instancia en fecha 1 de julio de 2025.
La Resolución establece la compatibilidad de los Juzgados de Paz con la Oficina Judicial del Tribunal de Instancia de cabecera.
En cuanto a las Oficinas del Registro Civil, el Principado establece que los puestos de trabajo sean compatibles con la Oficina Judicial, excepto en Siero, donde de las 3 plazas que se contemplan en el RC, sólo la plaza de Auxilio Judicial será compatible con la Oficina Judicial y es la única en la se contempla el código (GU) de guardia.
Una vez terminada la exposición por la Viceconsejera, desde STAJ manifestamos nuestro absoluto desacuerdo con la propuesta que se nos presenta.
- En el partido judicial de Siero, siguen con la intención de crear un único Servicio Común de Tramitación, con la única particularidad de mantener el Registro Civil aparte.
- Su intención es suprimir la Oficina de Registro y Reparto y se integre en el SCT, a pesar de todas las alegaciones que hemos presentado y de que se trata de un puesto con características singulares, dado que el horario de atención al público será de 09:00 a 15:00 horas, de lunes a viernes, a los efectos prevenidos en el artículo 135.5 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
- Siguen sin recoger la propuesta de que se cree un Equipo orgánico de ejecución y un Equipo de Violencia sobre la Mujer, dentro del Servicio de Común de Tramitación, identificados en las Relaciones de Puestos de Trabajo, con el fin de que se especialice exclusivamente en esa materia como vienen realizando.
- Además en esta nueva propuesta no recogen el derecho de hacer Guardias a los funcionarios de Gestión y Tramitación del RC de Siero. Desde STAJ consideramos que no se les puede privar del derecho a realizar guardias, y ello debe venir contemplado en la RPT's, con el Código de Guardia (GU) en los tres Cuerpos, no sólo de uno (Auxilio), dado que de no ser así, quienes en un futuro puedan optar a esas plazas, perderían la posibilidad de realizar las guardias, lo cual conllevaría una merma de derechos y retribuciones. Se daría la situación que serían los únicos funcionarios de destinados en Juzgados Mixtos que perderían el derecho a hacer las guardias en el acoplamiento.
Les recordamos la obligatoriedad de la aplicación del Acuerdo suscrito por STAJ, entre otros sindicatos, con el Ministerio de Justicia el pasado 8 de enero de 2025, que garantiza las retribuciones actuales, por lo que todos estos puestos, deben llevar aparejada la realización del servicio de guardia, si la tuvieran en los puestos de origen, así como cualquier otro complemento que pudieran tener, singularmente el complemento de VSM.
A ello la Viceconsejera nos responde que todas las retribuciones están garantizadas por el Acuerdo. Afirma que el Plan Concreto de Actuación de Violencia no desaparecerá, y que el Ministerio está tramitando un Real Decreto para toda España sobre la comarcalización de los Juzgados de Violencia a partir del mes de Octubre, al que el Gobierno del Principado ya presentó sus alegaciones.
Informe de la valoración de las condiciones particulares de los puestos de trabajo del personal al servicio de la Administración de Justicia en sus respectivas relaciones de puestos de trabajo.
Desde STAJ consideramos que dicho informe no refleja las cargas de trabajo reales que soportan los Juzgados, dado que debe reflejar la totalidad de los asuntos actuales, y no sólo datos sesgados. Es necesario disponer de estadísticas reales para valorar de manera efectiva si es posible la compatibilidad de las futuras Oficinas en los Municipios (Juzgados de Paz) con la Oficina Judicial, y las nuevas funciones que les encomienda la nueva ley, puesto que no en todos los casos se podrá establecer esa compatibilidad. En este sentido la Viceconsejera indicó que hasta enero de 2026 no se establecería esa compatibilidad.
También se deben de reforzar los Juzgados de Violencia sobre la Mujer en previsión del incremento de competencias que entrará en vigor en los próximos meses.
Informe requisitos particulares para los puestos singularizados.
Exigimos que se nos informe sobre los criterios aplicados para la determinación de su Complemento Específico. La Administración ha incrementado ligeramente las cantidades respecto a las presentadas en reuniones anteriores, pero las consideramos insuficientes, en comparación con las cuantías que abona el Principado para puestos similares a sus funcionarios.
Nos trasladan que respecto a la acreditación de méritos, se expondrán detalladamente los requisitos en la resolución por la que se convoque el Concurso Específico.
La Viceconsejera nos traslada que el Consejero firmó ayer la Resolución por la que se aprueba la estructura de los centros de destino de la primera fase, y está pendiente de publicación en el BOPA.
Desde STAJ manifestamos nuestro total desacuerdo con esta Resolución e insistimos en que la fase de acoplamiento debe consistir en una confirmación en los nuevos puestos de trabajo en cuanto “herederos” de los actuales, aunque tengan distinta denominación, sin merma económica. Consideramos que es necesaria una inversión económica mayor por parte del Principado, tal y como harán otras Comunidades. Manifestamos nuestro malestar por la nula voluntad de negociación de la Administración, que escudándose en la Ley de Eficiencia, está llevando a cabo el mayor cambio organizativo en la Administración de Justicia en un siglo, sin tener en cuenta la realidad en la que se encuentran los Juzgados actuales.