lunes, 18 de abril de 2011

Asturias: Vacaciones

Os recordamos que con fecha límite del 1 de mayo se debe enviar desde cada centro de trabajo el plan de vacaciones anual que recoja los periodos vacacionales de todos los funcionarios allí destinados.
En cuanto a los funcionarios de carrera, deben incluírse los periodos vacacionales elegidos para todo el ejercicio 2011, aunque posteriormente se proceda a cambiar alguno de los periodos.
En cuanto a los funcionarios interinos, únicamente deben incluírse los periodos vacacionales generados durante el ejercicio 2011 hasta el 1 de mayo. Los días que se vayan generando a partir del 1 de mayo pueden ser incorporados posteriormente al periodo vacacional solicitado, y hasta el mismo momento de inicio de dicho periodo, debiendo solicitarse con una antelación mínima de 4 días hábiles mediante nueva solicitud que incluya la conformidad del Secretario o Fiscal.