Como ya sabéis están operativos los enlaces para hacer la inscripción para promoción interna de Gestión y Tramitación y para Letrados de la AJ (turno libre y Promoción interna)
El plazo para formalizar las inscripciones es de 20 DÍAS HÁBILES.
Os ponemos los enlaces directos para hacer la inscripción:
CUERPO DE GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA
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MINISTERIO DE JUSTICIA / ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SECRETARÍA DE ESTADO DE JUSTICIA
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A2-G2 PROMOCION INTERNA
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10/05/2019
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TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA
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MINISTERIO DE JUSTICIA / ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SECRETARÍA DE ESTADO DE JUSTICIA
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C1-G3 PROMOCION INTERNA
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10/05/2019
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CUERPO DE LETRADOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
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MINISTERIO DE JUSTICIA / ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SECRETARÍA GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
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A1-G1 PROMOCION INTERNA
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14/05/2019
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CUERPO DE LETRADOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
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MINISTERIO DE JUSTICIA / ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SECRETARÍA GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
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A1-G1 ACCESO LIBRE
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14/05/2019
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La inscripción en estos procesos selectivos (cumplimentación de la instancia, abono de a tasa y su presentación) se realizará únicamente por vía electrónica. Es decir, se deberá disponer de un certificado digital válido de persona física. El más frecuente es el DNI electrónico, que se puede activar en cualquier comisaría. Podéis encontrar más información en:
Pero también es muy útil la “Cl@ve Pin”. Sobre esta última, os adjuntamos la información publicada en su web: https://clave.gob.es/clave_ Home/PIN24H.html
En estas convocatorias sólo se prevén dos casos en que el pago no pueda hacerse por vía electrónica:
1-Cuando el aspirante no sea titular de una cuenta bancaria en alguna de las entidades financieras que permiten el pago telemático de tasas administrativas, cuya relación podrá consultarse en la Agencia Tributaria, podrá realizar la presentación en soporte papel
Podéis consultar aquí dicha relación:
2-Y EXCEPCIONALMENTE también se podrá utilizar esta vía cuando resulte imposible la inscripción electrónica por razones técnicas y se acredite documentalmente dicha imposibilidad.
En el BOE del día 8 de abril en el apartado 5 del consta todo lo referente a la presentación de solicitudes.