miércoles, 29 de diciembre de 2021

Teletrabajo. La Viceconsejeria autorizará nuevas solicitudes.

En respuesta a nuestra solicitud de autorización de nuevas peticiones de teletrabajo que planteamos la semana pasada, la Viceconsejeria nos traslada la siguiente Instrucción por medio de la cual acuerda, dada la situación actual de la pandemia, autorizar las nuevas solicitudes de teletrabajo que se presenten con el visto bueno del responsable funcional del órgano.

Persistiendo a fecha actual la situación de crisis sanitaria generada por el COVID-19 se considera necesario autorizar nuevas solicitudes siempre y cuando la propuesta presentada en el anexo correspondiente cuente con el visto bueno del responsable funcional del órgano.

 Con respecto al desarrollo de esta modalidad se recuerda lo siguiente:

 - Las propuestas ya autorizadas son susceptibles de modificación y/o revocación en el supuesto de que el responsable funcional de cada órgano o unidad remita informe. 

- El número de los funcionarios considerado idóneo en las autorizaciones concedidas es de un máximo del 30%-40% del órgano judicial o unidad, del total de la plantilla. Cuando el número de solicitantes autorizado en esta modalidad laboral fuera mayor que el resultado de aplicar dicho porcentaje, deberá establecerse un turno rotatorio semanal.

 - La modalidad de teletrabajo se podrá realizar por un máximo de 3 días a la semana, siendo obligatoria la asistencia presencial del funcionario, al menos, 2 días a la semana. 

- Los servicios en la modalidad de teletrabajo se prestarán en el mismo horario habitual en que se desarrolle el horario presencial. En todo caso de 09:00 a 14:30 horas el funcionario tendrá la obligación de encontrarse a disposición telefónica, quedando garantizado y en todo caso cubierto el derecho de información y atención a profesionales y resto de la ciudadanía. Para ello es posible hacer uso del desvío de llamadas que permiten los terminales telefónicos existentes. 

- El incumplimiento de las obligaciones relacionadas con la modalidad de teletrabajo supondrá la extinción de tal modalidad, dado que la prestación del servicio de manera presencial sigue siendo la modalidad ordinaria de trabajo.

instrucción Teletrabajo